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EXTRACTO de la convocatoria de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras incorporada al Decreto 169/2024, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras y a las inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias realizadas por jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria.
DOE Número: 13
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 21 de enero de 2025
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Explotaciones agrarias. Ayudas.
Página Inicio: 3726
Página Fin: 3727
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):809138
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Las ayudas están destinadas al establecimiento de jóvenes agricultores en la Comunidad Autónoma de Extremadura conforme al artículo 75 del Reglamento (UE) n.º 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, y la Intervención 6961.1 Establecimiento de personas jóvenes agricultores del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, en adelante PEPAC.
Segundo. Beneficiarias.
Personas físicas o jurídicas y explotaciones de titularidad compartida, inscritas en el Registro de Titularidad Compartida de Explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que reuniendo las condiciones de joven agricultor, se establezcan en una explotación prioritaria por primera vez.
No podrán alcanzar la condición de beneficiaria las agrupaciones sin personalidad jurídica, excepto la explotación de titularidad compartida; el agricultor o agricultora joven que, como persona física o como integrante de persona jurídica, o agrupación sin personalidad haya sido titular de una explotación agraria con las excepciones que contemplan las bases reguladoras y el que haya sido beneficiario de esta ayuda.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 169/2024, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras y a las inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias realizadas por jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realizan la primera convocatorias de ambas ayudas. 2024-2027.
Cuarto. Cuantía de la convocatoria.
Las ayudas aprobadas en esta convocatoria se concederán por una cuantía total de treinta y cinco millones de euros (35.000.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 120040000 G/353A/77000 FR23756101 20230291, conforme a las siguientes anualidades e importes:
2024 ……………………………0€
2025 ………………….13.000.000€
2026 …………………..16.000.000€
2027 …………………...5.000.000€
2028 …………………...1.000.000€
El gasto correspondiente a estas ayudas está cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por la Junta de Extremadura.
La subvención, en forma de importe a tanto alzado, está formada por una prima básica, de 20.000 euros, y unos incrementos, que podrán sumar una cuantía de 50.000 euros.
Quinto. Plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes.
El plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Decreto de bases Reguladoras y el presente extracto y finalizará el 31 de diciembre de 2026.
Las solicitudes podrán tramitarse a través del Punto General de Acceso Punto de Acceso General Electrónico de la Junta de Extremadura: https://www.juntaex.es/w/3632 .
Mérida, 10 de enero de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ
Nota: Este texto carece de valor jurídico. Para consultar la versión oficial y auténtica puede acceder al fichero PDF del DOE.

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