RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la 5.ª Adenda de modificación del Convenio de Colaboración entre la extinta Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura (actualmente Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural) y la Comunidad de Regantes del Valle del Zújar para el desarrollo y ejecución de las actuaciones necesarias para la transformación en regadío de 1.200 hectáreas en Monterrubio de la Serena (Badajoz) mediante el empleo de recursos locales, declarada como zona regable singular mediante Decreto 154/2017, de 12 de septiembre.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 30 de junio de 2025, la 5.ª Adenda de modificación del Convenio de Colaboración entre la extinta Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura (actualmente Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural) y la Comunidad de Regantes del Valle del Zújar para el desarrollo y ejecución de las actuaciones necesarias para la transformación en regadío de 1.200 hectáreas en Monterrubio de la Serena (Badajoz) mediante el empleo de recursos locales, declarada como zona regable singular mediante Decreto 154/2017, de 12 de septiembre, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 7 de julio de 2025.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
5ª. ADENDA DE MODIFICACION DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EXTINTA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA (ACTUALMENTE CONSEJERÍA DE GESTIÓN FORESTAL Y MUNDO RURAL) Y LA COMUNIDAD DE REGANTES DEL VALLE DEL ZÚJAR PARA EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE LAS ACTUACIONES NECESARIAS PARA LA TRANSFORMACIÓN EN REGADÍO DE 1.200 HECTÁREAS EN MONTERRUBIO DE LA SERENA (BADAJOZ) MEDIANTE EL EMPLEO DE RECURSOS LOCALES, DECLARADA COMO ZONA REGABLE SINGULAR MEDIANTE DECRETO 154/2017, DE 12 DE SEPTIEMBRE.
30 de junio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Ignacio Higuero de Juan, Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural, en virtud del Decreto de la Presidenta 37/2023, de 7 de octubre, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De otra, D. José García Dávila, Presidente de la Comunidad de Regantes Valle del Zújar , de Monterrubio de la Serena, (Badajoz), con NIF G-06393946 y domicilio social en la calle del Santo, n.º 28 de Monterrubio de la Serena, autorizado para la firma de la 5ª Adenda Convenio por la Junta de Gobierno de la Comunidad de Regantes Valle del Zújar, celebrada el día 24 de marzo de 2025.
En la condición que intervienen, las partes se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para el otorgamiento del presente convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. Que, con fecha 13 de marzo de 2019 se firmó un Convenio entre la Junta de Extremadura y la Comunidad de Regantes Valle del Zújar (en adelante Comunidad de Regantes) para el establecimiento de los cauces generales de colaboración técnica y financiera entre las partes para la ejecución de las obras de transformación en regadío de 1200 ha. mediante el empleo de recursos locales en Monterrubio de la Serena, (Badajoz) , declarada como zona regable singular por Decreto 154/2017, de 12 de septiembre (DOE núm. 181, de 20 de septiembre) y contempladas en el Plan General de Transformación y Plan de Obras aprobados mediante Decreto 53/2018, de 2 de mayo (DOE núm. 87, de 7 de mayo) y Orden de 22 de enero de 2019 (DOE núm. 17, de 25 de enero), respectivamente.
Segundo. Que, para su debido cumplimiento, la extinta Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio suscribió, con fecha 29 de julio de 2020, con la UTE REGADIO MONTERRUBIO (CIF.-U01635325), un contrato de obras en el marco del expediente de contratación 2033OB1FR002, por importe total de 13.497.945,29 euros y plazo de ejecución de 18 meses.
Tercero. Que, dado el estado de ejecución de las obras cuya finalización se preveía para el 31 de diciembre de 2022, se consideró necesario activar la prórroga contemplada en la cláusula 12ª del mismo, posibilitando, mediante una adenda al convenio, el cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes.
Cuarto. Que, pese a ello, mediante Resolución de 13 de septiembre de 2023 de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio se resuelve el contrato PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LA TRANSFORMACIÓN EN REGADÍO DE 1200 HA. MEDIANTE EL EMPLEO DE RECURSOS LOCALES DE LA ZONA REGABLE SINGULAR DE MONTERRUBIO DE LA SERENA (BADAJOZ) , NÚM. EXPTE.: 2033OB1FR002, en virtud de lo previsto en los artículos 211 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Quinto. Que, ante la necesidad de culminar la realización del referido proyecto, mediante la realización de las partes y unidades de la obra que no fueron ejecutadas por la empresa adjudicataria, antes de la resolución del contrato, la extinta Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, consideró que para la finalización de las obras y el cumplimiento de los objetivos establecidos en el proyecto de transformación en regadío de 1200 ha. mediante el empleo de recursos locales en Monterrubio de la Serena, era preciso contar con TRAGSA, medio propio de la Junta de Extremadura.
Para ello, la extinta Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, con fecha 31 de octubre de 2022 efectuó el encargo de ejecución de obras TRANSFORMACIÓN EN REGADÍO DE 1.200 HECTÁREAS DE LA ZONA REGABLE SINGULAR DE MONTERRUBIO DE LA SERENA (BADAJOZ) a la empresa pública TRANSFORMACIÓN AGRARIA, SA (TRAGSA), por un importe total de 17.564.774,21 euros, con una duración máxima 15 meses, debiendo finalizar el 31 de enero de 2024.
Sexto. Que, para la finalización de las obras en su totalidad, se aprueba 2.ª adenda con fecha 14 de noviembre de 2022, que contemplaba la prórroga del convenio, hasta el 31 de enero de 2024, así como la adecuación de determinadas cláusulas a la forma de ejecución de las obras.
Séptimo. Antes del vencimiento anteriormente señalado, las partes y en previsión de que no se podría culminar la ejecución de las obras, aprobaron con fecha 30 de enero de 2024, 3.ª adenda por la que se contemplaba una nueva prórroga del convenio suscrito, hasta el 31 de diciembre del año en curso.
Octavo. Que en el desarrollo de las obras de Transformación en Regadío de 1200 Ha de la zona regable singular de Monterrubio de la Serena (Badajoz) , los técnicos evidenciaron algunas incidencias que comprometían la ejecución en tiempo de las obras proyectadas inicialmente, lo que les imposibilitaba cumplir con el plazo previsto para la finalización de las obras.
Esta imposibilidad sobrevenida y que no obedecía a causas imputables a las partes, estimaron necesario y oportuno prorrogar, antes del vencimiento (31/12/2024), la vigencia del Convenio hasta el 31 de diciembre de 2025, lo que dio lugar a la aprobación de la 4ª Adenda al presente Convenio.
Noveno. En la actualidad, existen motivos por lo que ha sido necesario modificar el encargo de Ejecución de las Obras a Tragsa, ya que se han evidenciado condicionantes técnicos no contemplados en el proyecto original ni en el encargo a TRAGSA (heredero del proyecto original), que afectan a la consecución de los objetivos inicialmente previstos. Estas consideraciones han obligado a plantear una modificación de la solución técnica original del proyecto y por tanto del encargo a TRAGSA que implica ejecutar modificaciones en el proyecto, especialmente el entorno de la balsa de Hatillos, y la balsa Cantador, así como la estación de bombeo y otros elementos anexos. Modificación que, tras la tramitación preceptiva, ha sido aprobada por Consejo de Gobierno el 3 de junio de 2025.
Las modificaciones del proyecto conllevan un incremento del presupuesto inicial, incrementándose en de dos millones doscientos setenta y cinco mil cuatrocientos noventa euros con setenta y nueve céntimos (2.275.490,79 €), por lo que el presupuesto total de la inversión asciende a diecinueve millones ochocientos cuarenta mil doscientos sesenta y cinco euros (19.840.265,00 €), coste de administración general incluido, y sin aplicación de IVA.
Por todo lo expuesto, la modificación del proyecto conlleva la modificación del Convenio con la Comunidad de Regantes, ya que, entre otros, se verán condicionadas las estipulaciones cuarta, séptima y octava del convenio suscrito y las sucesivas Adendas aprobadas con anterioridad, lo que provoca la necesidad de confeccionar la 5.º Adenda al Convenio.
Décimo. La cláusula decimoquinta del Convenio establece que las partes podrán modificar el presente convenio de colaboración en cualquier momento por mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda .
Undécimo. Que, de conformidad con el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 32.4 corresponde a la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, las funciones en materia de infraestructuras del medio rural y regadíos.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda que se regirá por las siguiente:
CLÁUSULAS
Primera. Presupuesto. La nueva redacción de la cláusula Cuarta del Convenio, resultaría:
El presupuesto de las obras encargadas a TRAGSA se cifra en diecinueve millones ochocientos cuarenta mil doscientos sesenta y cinco euros (19.840.265,00€), desglosado de la siguiente manera:
CAPÍTULO
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DESCRIPCIÓN
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IMPORTE (€)
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---|
1
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Azud y Toma Benquerencia
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247.631,35 €
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2
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Toma Zújar
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344.386,14 €
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3
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Balsa Hatillos
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4.169.627,96 €
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4
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Balsa Cantador
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4.566.964,09 €
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5
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Estación de Bombeo Hatillos
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1.550.007,06 €
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6
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Estación de Filtrado
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284.196,33 €
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7
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Conducción Principal Hatillos-Cantador
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1.186.666,30 €
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8
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Red Primaria y Secundaria
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181.060,88 €
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9
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Hidrantes Multiusuario
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632.171,87 €
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10
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Tomas Parcelas
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611.287,51 €
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11
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Instalación Fotovoltaica
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1.873.848,24 €
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12
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Sistema de Control y Telemando
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464.563,82 €
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13
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Edificio Control y Gestión Comunidad de Regantes
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229.504,91 €
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14
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Medidas Correctoras Medioambientales
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313.421,83 €
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15
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Gestión de Residuos
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18.596,14 €
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16
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Seguridad y Salud
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203.309,60 €
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17
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Mallado Red Primaria y Secundaria
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55.925,21 €
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18
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Arreglo Caminos
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96.061,60 €
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19
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Asistencia Técnica
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341.179,01 €
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COSTES DIRECTOS
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17.370.409,85 €
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7,50 % Costes Indirectos
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1.302.780,74 €
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SUMA (CD + CI)
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18.673.190,59 €
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6,25% Gastos Generales
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1.167.074,41 €
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PRESUPUESTO EJECUCIÓN MATERIAL
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19.840.265,00 €
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21 % IVA
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0,00 €
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PRESUPUESTO EJECUCIÓN POR ADMINISTRACIÓN
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19.840.265,00 €
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Obras de Interés General
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15.684.427,16 €
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Obras de Interés Agrícola Común
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3.457.632,89 €
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Obras de Interés Agrícola Privado
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698.204,95 €
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Segunda. Esquema financiero. La nueva redacción de la cláusula Séptima del Convenio, resultaría:
El esquema financiero planteado es el siguiente:
Obras financiadas por la Junta de Extremadura:
— La Junta de Extremadura financiará dieciseis millones trescientos ochenta y dos mil ochocientos diecinueve euros con nueve céntimos (16.382.819,09 €), que se corresponde con el 81,01850904% de la contribución del presupuesto global, que consistirán en las siguientes actuaciones:
a. El 100% de las obras de interés general: 15.684.427,16 €.
b. De las obras de interés agrícola común el 20,1985563% del coste las mismas: 698.391,93 €.
Obras financiadas por la Comunidad de Regantes:
— La Comunidad de Regantes aportará tres millones cuatrocientos cincuenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y cinco euros con noventa y un céntimos (3.457.445,91 €), que se corresponde 18,981491% del presupuesto total, que consistirán en las siguientes actuaciones:
a. El 100% de las obras de interés agrícola privado: 698.204,95 €.
b. De las obras de interés agrícola común el 79,8014437% del coste las mismas: 2.759.240,96 €.
Tercera. Financiación y plazo de ejecución. La nueva redacción de la Cláusula Octava del Convenio resultaría:
La inversión a financiar, por cada uno de los intervinientes, se hará del siguiente modo:
— La Junta de Extremadura, un importe de dieciséis millones trescientos ochenta y dos mil ochocientos diecinueve euros con nueve céntimos (16.382.819,09 €).
Las obras financiadas por la Junta de Extremadura del presente encargo incluyen parte financiable por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y parte financiable por Comunidad Autónoma (CA).
La inversión financiable por FEADER Europa invierte en las zonas rurales se corresponde con las actuaciones descritas anteriormente, por un importe total de catorce millones doscientos ocho mil quinientos cincuenta y cuatro euros con noventa y seis céntimos (14.208.554,96 €), sin incluir los costes de administración general ni los costes de coeficientes de actualización de precios simples (CAPS). La actuación es cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER): Europa invierte en las zonas rurales dentro de la aplicación 230040000/G353A60100/FR14040304/20160188 proyecto de gasto denominado “4.3.4. Nuevos Regadíos Monterrubio de la Serena”, correspondiente al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), dentro de la medida 4 “Inversiones en activos físicos”, submedida 4.3.4. “Nuevos Regadíos”, y una tasa de cofinanciación de un 85,00%.
La parte que se financia con fondos de Comunidad Autónoma se corresponde con los gastos de administración general y de coeficientes de actualización de precios simples, un importe total de dos millones ciento setenta y cuatro mil doscientos sesenta y cuatro euros con trece céntimos (2.174.264,13 €), dentro de la aplicación 230040000/G353A60100/CAG0000001/20120025 proyecto de gasto denominado Actuaciones en Zonas Regables y Presas .
— En resumen, las anualidades son:
Anualidad 2022: 303.986,77 € FR: 263.642,83 €.
CA: 40.343,94 €.
Anualidad 2023: 4.075.861,05 € FR: 3.534.928,56 €.
CA: 540.932,49 €.
Anualidad 2024: 4.989.105,23 € FR: 4.326.970,56 €.
CA: 662.134,67 €.
Anualidad 2025: 7.013.866,04 € FR: 6.083.013,01 €.
CA: 930.853,03 €.
Obras financiadas por la Comunidad de Regantes:
— La Comunidad de Regantes aportará tres millones cuatrocientos cincuenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y cinco euros con noventa y un céntimos (3.457.445,91 €), que se corresponde 18,981491% del presupuesto total, financiadas por Transferencia del Estado, que consistirán en las siguientes actuaciones, financiadas con fondos de Transferencia del Estado, dentro de la aplicación presupuestaria 230040000/G353A60100/TE35004001/20190477:
a. El 100% de las obras de interés agrícola privado: 698.204,95 €.
b. De las obras de interés agrícola común el 79,8014437% del coste las mismas: 2.759.240,96 €.
— La distribución de anualidades es la siguiente:
Anualidad 2022: 0,00 €.
Anualidad 2023: 120.508,41 €.
Anualidad 2024: 1.534.965,41 €.
Anualidad 2025: 1.801.972,09 €.
La ejecución de las obras se desarrollará de conformidad con la memoria modificada del encargo a la empresa pública de Transformación Agraria, SA, aprobada por Consejo de Gobierno el 3 de junio de 2025.
Cuarta. Se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del convenio firmado por las partes con fecha de 13 de marzo de 2019, así como en las anteriores adendas suscritas, en lo no modificado por la presente adenda.
Y en prueba de conformidad, se firma electrónicamente el presente documento.
El Consejero de Gestión Forestal y
Mundo Rural,
IGNACIO HIGUERO DE JUAN
El Presidente de Comunidad Regantes
“Valle Del Zújar”,
JOSÉ GARCÍA DÁVILA