ANUNCIO de 7 de julio de 2025 sobre aprobación definitiva de Estudio de Detalle.
TEXTO ORIGINAL
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz en sesión celebrada con fecha 29 de mayo de 2025 y tras la tramitación del oportuno procedimiento, adoptó acuerdo de aprobación definitiva del siguiente Estudio de Detalle:
Clase de instrumento urbanístico
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Estudio de Detalle
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Expte.:
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2024/6772
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Instrumento que desarrolla o complementa
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Plan General Municipal
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Clasificación del suelo
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Urbano
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Delimitación del ámbito afectado
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Solar en c/Vasco Núñez, n.º 17 y c/Santo Domingo, n.º 57.
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Promotor y arquitecto redactor
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Promotor: Hermanas Escobar García, CB
Arquitecto: Esteban Gamero Núñez.
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Objeto
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Ordenación de volúmenes y el establecimiento de las alineaciones de fachada, que se adaptan a lo establecido en el planeamiento municipal, de las parcelas descritas
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Justificación
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La necesidad de agregación de 2 parcelas para proseguir la tramitación del expediente 2023/19941 para un proyecto de edificio plurifamiliar de 8 Viviendas.
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De acuerdo con el artículo 25.2 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana se procede a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva, con el tenor literal siguiente:
El Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda, por unanimidad de los presentes (veintisiete asistentes), aprobar lo propuesto en el dictamen que antecede, en la forma que aparece redactado, dándole carácter de acuerdo corporativo plenario, y, en consecuencia:
Primero. Aprobar con carácter definitivo el Estudio de Detalle de agregación de parcelas en las calles Vasco Núñez, 17 y Santo Domingo, 57 a instancias de Hermanas Escobar García, CB.
De cualquier forma, señalar que los Proyectos de Actuaciones Singulares cuando formen parte, como documento complementario del Estudio de Detalle se consideraran aprobados con la aprobación definitiva del mismo, sin perjuicio de cuantas otras exigencias deban ser contempladas a nivel de proyecto a efecto del otorgamiento de la preceptiva licencia de edificación .
Habiéndose procedido el 3 de julio de 2025 y con n.º BA/033/2025 al depósito del citado estudio de detalle en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, dependiente de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, se hace público dicho acuerdo mediante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, Boletín Oficial de la Provincia y sede electrónica de este Excmo. Ayuntamiento de acuerdo con los artículos 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (LOTUS), 69 del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (RGLOTUS), y artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
De acuerdo con los artículos 57 de la LOTUS y 69 del RGLOTUS, el texto íntegro y la documentación completa del Estudio de Detalle aprobado definitivamente, debidamente diligenciado, se encuentra accesible a través de la siguiente dirección electrónica:
https://www.aytobadajoz.es/es/ayto/planeamiento/58241/Planeamiento-aprobado .
Asimismo, puede accederse a la inscripción en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura a través del siguiente enlace.
https://sitex.juntaex.es/SITEX/planeamiento?ptofigura=40845
El contenido normativo y/o articulado del Estudio de Detalle se detalla en el anexo I.
Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime conveniente.
Badajoz, 7 de julio de 2025. El Alcalde, PD, Decreto de Alcaldía de 2/2/2024 (BOP n.º 28, de 8/2/2024), El Tte.-Alcalde Primero, Concejal Delegado de Urbanismo, CARLOS URUEÑA FERNÁNDEZ.