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RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2025, de la Secretaría General, de concesión de los Premios Extremadura Empresarial acogidos a la convocatoria 2025 del Decreto 160/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la primera convocatoria.
DOE Número: 136
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 16 de julio de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Premios.
Página Inicio: 40685
Página Fin: 40688
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
ANTECEDENTES DE HECHO
Mediante el Decreto 160/2024, de 17 de diciembre (DOE núm. 16, de 24 de enero de 2025), se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Extremadura Empresarial, y se aprueba la primera convocatoria para la anualidad 2025.
En el decreto de la convocatoria se estableció un plazo de presentación de solicitudes de un mes a partir del día siguiente a su publicación en DOE, finalizando por tanto dicho plazo el 25 de febrero de 2025, habiéndose recibido un total de 99 candidaturas.
Una vez analizada la documentación presentada en las candidaturas, por parte del órgano instructor se emitió informe el cual fue elevado a la Comisión de Valoración, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del decreto de bases reguladoras.
En dicho informe se contempla el análisis de la documentación presentada en las 99 candidaturas recibidas en la presente convocatoria, de las cuales 25 no han sido objeto de valoración por no cumplir lo establecido en el Decreto 160/2024, de 17 de diciembre.
Así mismo, se ha comprobado que los titulares de las diferentes candidaturas se encuentran al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria, Hacienda Regional y Seguridad Social.
Por parte de la Comisión de Valoración se ha procedido a valorar, en sesión celebrada el 18 de junio de 2025, las 74 candidaturas que han presentado de manera correcta sus solicitudes y que han acreditado que cumplen los requisitos establecidos en las bases reguladoras, habiéndose emitido acta e informe vinculante acerca de la valoración realizada a través de la aplicación de los criterios establecidos en los artículos 6 y 7 del Decreto de bases reguladoras.
A los anteriores antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 13.2 del Decreto 160/2024, de 17 de diciembre de 2024, señala que el órgano competente para dictar la resolución del procedimiento de concesión será la persona titular de la Secretaría General de la Consejería con competencias en materia de empresa, que la dictará previa tramitación y aprobación del oportuno expediente de gasto, a propuesta del órgano instructor. No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en la Directora General de Empresa, en virtud de la Resolución de 10 de agosto de 2023, por la que se delegan competencias en materia de subvenciones (DOE, número 157, de 16 de agosto de 2023).
Segundo. El artículo 8 del Decreto 160/2024, de 17 de diciembre, establece como procedimiento para la concesión de estos premios se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, de conformidad con lo establecido en el capítulo II del título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. El procedimiento de valoración se recoge en el artículo 14 del decreto referido, incluyendo el análisis de documentación e informe del órgano instructor, valoración de la Comisión conforme a los criterios del artículo 6 del mismo texto legal, selección de candidaturas que a su vez presentarán y defenderán los proyectos ante dicha Comisión o jurado, en sesión convocada al efecto, para finalmente, tras el proceso de evaluación de las candidaturas se determinen los ganadores para cada modalidad, a quienes les corresponderán las cuantías de los premios señaladas en el artículo 4 del Decreto.
Cuarto. Atendiendo a lo establecido en los artículos 16 y 17 se llevará a cabo el procedimiento de resolución y pago de los premios.
Es necesario hacer constar, por imposición de lo establecido en el artículo 16.3 referido, que los premios concedidos tienen consideración de minimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023.
Conforme a lo expuesto y de conformidad con los resultados alcanzados en la puntuación obtenida para cada una de las modalidades de premios, recogidos en el Acta e informe de la Comisión de Valoración de fecha 18 de junio de 2025, y la propuesta del órgano instructor,
RESUELVO:
Conceder los Premios Extremadura Empresarial en su convocatoria 2025, a las personas, empresas y entidades señaladas en el anexo a la presente resolución, por un importe económico total de 47.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 14004.323A.47000, Código de Proyecto de Gasto 20180204 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025:
El abono de los premios se realizará en un solo pago tras la emisión de la Resolución de concesión de los mismos.
Cada uno de los premiados deberá asumir y cumplir las siguientes obligaciones:
a) Para la modalidad Personas con Ideas Emprendedoras, las premiadas deberán justificar, en un plazo no superior a 12 meses desde la Resolución de concesión de los premios, que el importe de este ha sido destinado a sufragar algún tipo de gasto y/o inversiones relacionadas con la puesta en marcha de la actividad empresarial premiada. Para ello deberán aportar facturas de los gastos realizados con sus justificantes de pago, así como una breve memoria descriptiva de las actuaciones llevadas a cabo.
b) Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe el órgano concedente, en su caso, así como a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida, tanto en la fase de concesión de los premios, como en la de pago de estos o con posterioridad.
c) Cualquier otra obligación prevista en el Decreto 160/2024, de 17 de diciembre (DOE núm. 16 de 24 de enero de 2025), se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Extremadura Empresarial y en las recogidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Contra el contenido de la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante el Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, a tenor de lo dispuesto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, 2 de julio de 2025.
El Secretario General,
PD, Resol de 10 de agosto de 2023 (DOE n.º 157, de 16 de agosto),
La Directora General de Empresa,
MARÍA CELINA PÉREZ CASADO
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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