RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se dispone la composición de la Comisión de Valoración de las subvenciones públicas destinadas a la Administración Local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
TEXTO ORIGINAL
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1 del Decreto 29/2025, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la Administración Local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU, se procede a la designación de los miembros integrantes de la Comisión de Valoración encargada de evaluar las solicitudes presentadas al amparo de lo dispuesto en las bases de la convocatoria, para poder acceder a las ayudas convocadas.
Por tanto, dicha comisión queda integrada por los siguientes miembros:
— En calidad de Presidente de la Comisión de Valoración, D. Fernando Hernández Martín, Jefe de Sección de Residuos.
— Como vocales de la Comisión de Valoración actuarán, D. Alejandro Álvarez Bejarano y D.ª María del Pilar Bravo Pache, ambos funcionarios, pertenecientes a la unidad administrativa con competencias en materia de residuos.
— Como vocales suplentes de la Comisión de Valoración actuarán, D.ª Almudena Maza Gutiérrez y D.ª Susana Correa Gordillo, ambas funcionarias, pertenecientes a la unidad administrativa con competencias en materia de residuos.
Desempeñará el cargo de Secretario de la Comisión de Valoración, con voz y sin voto, Don Miguel Gaviro Jiménez, Asesor Jurídico del Servicio de Coordinación Jurídica Ambiental y Económica.
La Comisión de Valoración se ajustará en su funcionamiento a lo previsto en la Sección 3.ª, del capítulo II, título I, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Todos los integrantes de la Comisión de Valoración deberán cumplimentar la declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI), una vez conocidos los participantes del procedimiento de concesión conforme al modelo del anexo I de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Igualmente suscribirán confirmación de la ausencia de conflicto de interés, conforme al modelo del anexo II de la citada Orden, cuando realizado el análisis de riesgo de existencia de conflicto de interés a través de la herramienta informática MINERVA, haya sido detectada una bandera roja, y la persona afectada se reitere en que no existe ninguna situación que pueda suponer un conflicto de interés.
Mérida, 8 de julio de 2025.
El Director General de Sostenibilidad,
GERMÁN PUEBLA OVANDO