MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la ampliación del crédito asignado a la convocatoria correspondiente a las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para el curso 2024/2025, aprobadas mediante el Decreto 127/2024, de 8 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar del alumnado escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el curso escolar 2024/2025.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):791877
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 208, de 24 de octubre de 2024 el Decreto 127/2024, de 8 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar del alumnado escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el curso escolar 2024/2025, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ). En el mismo DOE se publicó también el Extracto de la convocatoria incorporada al Decreto 127/2024, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar del alumnado escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el curso escolar 2024/2025.
En relación con el procedimiento de concesión directa, mediante convocatoria abierta se establece, en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de vigencia de la convocatoria, las cuales podrán ampliarse en función de las disponibilidades presupuestarias.
El artículo 39.4 del mismo texto legal indica el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de gastos o aplicaciones presupuestarias, o cuantías previstas inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento exigirá la modificación previa del expediente de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan, de acuerdo con la modificación producida, como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyecto y aplicaciones presupuestarias.
En virtud de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos, se modifica la Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura, estableciendo en la redacción de su artículo 12 dedicado a los fines del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios que, la concesión, gestión, resolución y control de las subvenciones, ayudas y becas que se establezcan en su ámbito de actuación, de carácter autonómico o estatal, y en concreto las Ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar quedan asignados al Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios.
Por todo lo anterior, se procede al anuncio de la variación en la cuantía de los créditos recogidos en la disposición adicional única, punto 9, del Decreto 127/2024, de 8 de octubre por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar del alumnado escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria, para el curso escolar 2024/2025 DOE núm. 208, de 24 de octubre de 2024).
A la convocatoria, inicialmente, iban destinados créditos por importe de dos millones de euros (2.000.000,00 €), distribuidos por anualidades de la siguiente manera:
— Anualidad 2024, trescientos mil euros (300.000,00 €), imputándose con cargo a la posición presupuestaria 13009 G/222G/480000, código proyecto 20060133(CA), de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
— Anualidad 2025, un millón setecientos mil euros (1.700.000,00 €), imputándose con cargo a la posición presupuestaria 13009 G/222G/480000, código proyecto 20060133(CA), de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025.
La ampliación de convocatoria propuesta asciende a la cantidad máxima de un millón ciento cuarenta mil setecientos ochenta y un euros con setenta y un céntimos de euro (1.140.781,71 €), los cuales se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 130090000, G/222G/48000, código proyecto 20060133(CA), de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025, destinándose, por tanto, así a la convocatoria un total de tres millones ciento cuarenta mil setecientos ochenta y un euros con setenta y un céntimos de euro, y distribuida por anualidades de la siguiente manera:
— Anualidad 2024, trescientos mil euros (300.000,00 €), imputándose con cargo a la posición presupuestaria 13009 G/222G/480000, código proyecto 20060133(CA), de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
— Anualidad 2025, dos millones ochocientos cuarenta mil setecientos ochenta y un euros con setenta y un céntimos de euro (2.840.781,71 €), imputándose con cargo a la posición presupuestaria 13009 G/222G/480000, código proyecto 20060133(CA), de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025.
Mérida, 30 de junio de 2025.
El Director General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios,
EDUARDO VILLAVERDE TORRECILLA