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DECRETO 86/2025, de 23 de julio, de concesión de la Medalla de Extremadura a don Marcelino Díaz González.
DOE Número: 143
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 25 de julio de 2025
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: PRESIDENCIA DE LA JUNTA
Rango: DECRETO
Descriptores: Gas.
Página Inicio: 42407
Página Fin: 42408
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
La Medalla de Extremadura tiene como fin reconocer los méritos singulares, la obra o aportación de la máxima ejemplaridad y reconocida trascendencia de las personas, instituciones, grupos o colectivos extremeños, españoles o extranjeros- que a lo largo de una trayectoria consolidada hayan destacado en su tarea de configurar una sociedad más justa y solidaria, o por su defensa, promoción o fomento de los intereses o imagen de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Igualmente, podrán ser galardonados quienes, con su aportación, cualquiera que sea el ámbito de su actividad y con independencia de que ésta se haya desarrollado dentro o fuera de Extremadura– hayan destacado por los servicios relevantes, eminentes o extraordinarios prestados a la Región.
Marcelino Díaz González nace en 1946 en Almendralejo y desde muy pequeño permanece ligado a las industrias del vino, del aceite y del aderezo de aceitunas de su familia.
Ingeniero Agrónomo, tras postgraduarse en Vitivinicultura y Enología y adquirir experiencia en diferentes regiones vitivinícolas españolas, decide aportar sus conocimientos a la empresa familiar tras el fallecimiento de su padre en 1976.
Marcelino Díaz está detrás de la incorporación de muchas innovaciones tanto en el sector local de la vitivinicultura (reestructuración de viñedos blancos por variedades tintas, control de temperaturas de fermentación, sistemas de desfangado de mostos o incorporación de barricas de roble para la crianza) como del aderezo de aceitunas (introducción del sabor a anchoa).
En 1982, junto a Pablo Juárez y Aniceto Mesías, iniciaría la elaboración de cavas en Almendralejo, algo inconcebible en aquel entonces fuera del Penedés. En 1986, tras la entrada de España en la Comunidad Económica Europea, Almendralejo tuvo que dejar de elaborar cavas y a cambio se le ofreció la denominación de "Vino Espumoso de Calidad". No conforme con ello y en defensa de sus intereses y de Extremadura, Marcelino Díaz presentó un contencioso-administrativo contra una ley del Ministerio de Agricultura, que llegó al Tribunal Supremo, que fallará a favor suyo en 1987, indicando que podía seguir elaborando cavas.
Marcelino Díaz, no satisfecho, volvió a recurrir la sentencia solicitando la incorporación al ámbito geográfico de elaboración de cavas de todo el término municipal de Almendralejo, lo cual le fue concedido por dicho tribunal. Gracias a ello Almendralejo hoy cuenta con más de 1.700 hectáreas de viñedos inscritos en la Denominación de Origen Cava y produce en torno a unos 15 millones de litros de vino base, de los cuales más de la mitad se embotellan y comercializan desde Extremadura.
Tras su jubilación, a sus 78 años de edad, ha creado en su ciudad el primer Museo del Cava existente en España.
Junto a su trayectoria agrícola e industrial, Marcelino Díaz ha desarrollado una amplia tarea divulgadora de la cultura del vino, al tiempo que ha mantenido un gran interés por la historia en general y, en especial, por la historia del vino y de América.
En virtud de lo anterior, se considera a don Marcelino Díaz González digno merecedor de recibir la Medalla de Extremadura, la más alta distinción que otorga nuestra Comunidad Autónoma.
En consecuencia, a propuesta de la Presidenta de la Junta de Extremadura, en virtud de la facultad que le confiere el artículo 3.1 del Decreto 177/2013, de 24 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de concesión de la Medalla de Extremadura, de acuerdo con el procedimiento establecido en dicha norma, y tras deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 23 de julio de 2025,
DISPONGO:
Artículo único.
Conceder la Medalla de Extremadura a don Marcelino Díaz González.
Mérida, 23 de julio de 2025.
La Presidenta de la Junta de Extremadura,
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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