RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se resuelve el procedimiento para la selección de centros de formación en prácticas para el desarrollo de las prácticas externas de las titulaciones de Grado en Educación Infantil y Grado en Educación Primaria para el curso escolar 2025/2026.
DOE Número: 144
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 28 de julio de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Educación.
Página Inicio: 42557
Página Fin: 42574
Otros formatos:
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo dispuesto en el apartado octavo de la Resolución de 2 de abril de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e inclusión Educativa, por la que se convoca la selección de centros de formación en prácticas para el desarrollo de las prácticas externas de las titulaciones de grado en Educación Infantil y grado en Educación Primaria y se establecen los requisitos para la selección de los centros de formación en prácticas y del profesorado participante, del curso escolar 2025/2026 (DOE n.º 69, de 9 de abril de 2025), a propuesta de la Comisión de Valoración y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO:
Único. Estimar todas las solicitudes presentadas para la selección de Centros de Formación en Prácticas correspondiente a las titulaciones de Grado en Educación Infantil y en Educación Primaria, del curso escolar 2025/2026, que se relacionan en el anexo adjunto a la presente resolución.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el órgano que la dicta o ante la persona titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con el artículo 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 21 de julio de 2025.
El Director General de Formación Profesional,
Innovación e Inclusión Educativa,
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN