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EXTRACTO de la convocatoria de subvenciones para actuaciones de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU para 2025.
DOE Número: 146
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 30 de julio de 2025
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Eficiencia energética. Subvenciones.
Página Inicio: 42985
Página Fin: 42987
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):848618
De conformidad con lo previsto en los artículos 20.8.a) y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es ) , y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Concesión de ayudas para la financiación de proyectos de inversión en la mejora de la eficiencia energética y economía circular de las empresas turísticas de Extremadura con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, para el año 2025.
Estas subvenciones contribuirán a alcanzar los objetivos medioambientales y energéticos establecidos en la normativa de la Unión Europea, mediante la realización de actuaciones de reforma de edificios existentes destinados a alojamiento turístico, que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono, según lo establecido por el artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012.
La finalidad de las ayudas previstas en esta convocatoria es contribuir a la consecución de los objetivos relacionados con la Medida C14.I4. línea de actuación 2 del Componente del Anexo del Plan de Recuperación y Resiliencia de España aprobado por la Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021.
En particular, las finalidades específicas y los objetivos de las ayudas son:
a) Proyectos de mejora de eficiencia energética.
b) Mejoras en las instalaciones y equipos.
c) Digitalización, automatización y control y sistemas de gestión de edificios.
Segundo. Beneficiarios.
1. Podrán ser personas beneficiarias cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación:
a) Las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada que sean propietarias y explotadoras de establecimientos destinados a empresas turísticas o a balnearios.
b) Las personas físicas o jurídicas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de establecimientos destinados a empresas turísticas o a balnearios que acrediten dicha condición mediante contrato vigente que los faculte de forma expresa para acometer aquellas actuaciones para las que se solicita la subvención.
Las empresas turísticas se encontrarán ejerciendo la actividad turística objeto de subvención en el momento de la solicitud y deberán figurar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Extremadura, con al menos un año de antelación a la fecha de publicación en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ) de la convocatoria y su extracto, a excepción de los café-bares y otros establecimientos de ocio, que deberán figurar inscritos con al menos tres años de antelación a dicha publicación.
2. Son empresas turísticas las siguientes:
a) Alojamientos rurales: casas rurales, casas-apartamento rural, casas-chozo y hoteles rurales.
b) Empresas de actividades turísticas alternativas y de intermediación:
1. Empresas de intermediación turística: agencias de viajes, centrales de reserva y organizadores profesionales de congresos.
2. Empresas de actividades turísticas alternativas.
c) Alojamientos hoteleros, extrahoteleros y de restauración:
1. Alojamientos hoteleros: hoteles, hoteles-apartamento, hoteles balnearios, hostales y pensiones.
2. Alojamientos extrahoteleros: apartamentos turísticos, albergues turísticos y campamentos de turismo.
3. Restauración: restaurantes, cafeterías, café-bares y otros establecimientos de ocio, catering y salones de banquetes.
d) Establecimientos singulares.
3. Balnearios ubicados en Extremadura.
4. Las comunidades de bienes, sociedades civiles, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o, cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actuaciones que motivan la concesión de la subvención también podrán acceder a la condición de personas beneficiarias de las subvenciones.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 82/2025, de 15 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, para actuaciones de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y se aprueba la primera convocatoria para 2025.
Cuarto. Cuantía total de la convocatoria.
Las ayudas reguladas en el presente decreto están financiadas por los fondos europeos Next Generation EU en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas y se imputarán con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gasto destinados a tal fin, previstos en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a 5.848.621,00 euros, que se imputarán con cargo a los ejercicios y aplicaciones presupuestarias siguientes:
Aportación correspondiente al año 2025: 1.000.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 150060000 Pos. Presup. G/342A/77000 y fondos MR05CI4104 para la anualidad 2025.
Aportación correspondiente al año 2026: 4.848.621,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 150060000 Pos. Presup. G/342A/77000 y fondos MR05CI4104 para la anualidad 2026.
El coste de las acciones previstas será imputado a las partidas presupuestarias contenidas en el Programa 342A Ordenación y Promoción del Turismo , centro gestor 150060000, código de proyecto de gasto 20240249 denominado FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ECONOMÍA CIRCULAR EN EMPRESAS TURÍSTICAS .
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial del Extremadura (http://doe.juntaex.es ), y finalizará en el plazo de dos meses tras su publicación.
Mérida, 18 de julio de 2025.
El Secretario General,
JOSÉ LUIS GIL SOTO
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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