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RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se resuelve, tras el acuerdo de apertura de nuevo plazo, la convocatoria pública para obtener la condición de entidad colaboradora en los trámites telemáticos asociados a esta Consejería.
DOE Número: 146
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 30 de julio de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Trámites telemáticos.
Página Inicio: 43073
Página Fin: 43076
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Finalizado el plazo de presentación de las declaraciones responsables establecido mediante Acuerdo de 27 de junio de 2025 de apertura de un nuevo plazo de diez días hábiles para la adquisición de la condición de entidad colaboradora para la realización de los trámites asociados a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura que se lleven a cabo mediante canales telemáticos publicado en el DOE número 129, de 7 de julio de 2025, y evaluada dichas declaraciones por los técnicos de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, se ponen de manifiesto los siguientes
HECHOS:
Primero. Han sido evaluadas por los órganos técnicos de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria las declaraciones responsables presentadas al amparo del Acuerdo de apertura de un nuevo plazo de diez días hábiles para la adquisición de la condición de entidad colaboradora para la realización de los trámites asociados a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura que se lleven a cabo mediante canales telemáticos, publicado en el DOE número 129, de 7 de julio de 2025.
Segundo. Las declaraciones responsables de las entidades que se relacionan en el anexo han sido presentadas en tiempo y forma, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de 27 de junio de 2025 de apertura de un nuevo plazo de diez días hábiles para la adquisición de la condición de entidad colaboradora para la realización de los trámites asociados a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura que se lleven a cabo mediante canales telemáticos, publicado en el DOE número 129, de 7 de julio de 2025, y de conformidad con la Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria pública para la adquisición de la condición de entidad colaboradora para la realización de los trámites asociados a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura que se lleven a cabo mediante canales telemáticos, publicada en el DOE número 230, de 26 de noviembre de 2024.
A estos hechos le corresponden los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La Resolución de la Secretaria General de fecha 21 de noviembre de 2024, publicada en el DOE número 230, de 26 de noviembre de 2024, en la que se fundamenta el Acuerdo de 27 de junio de 2025 de apertura de un nuevo plazo de diez días hábiles para la adquisición de la condición de entidad colaboradora, en su resuelvo cuarto dispone que, a propuesta del Director General de Política Agraria Comunitaria, corresponde a la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, mediante su publicación en el DOE, dictar la resolución por la que se conceda la condición de entidad colaboradora.
Segundo. Así mismo, la citada Resolución de 21 de noviembre de 2024, en su resuelvo cuarto, establece que se podrá requerir a los participantes la aportación de documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos necesarios para obtener la condición de entidad colaboradora, así como su veracidad. A estos efectos, la Secretaría General acuerda poder realizar controles Administrativos a todas las entidades que obtengan la condición de entidad colaboradora y que se relacionan en el anexo adjunto.
Tercero. Las entidades colaboradoras deberán reunir y mantener todos los requisitos necesarios para la firma del convenio establecidos en la Resolución de la Secretaria General de fecha 21 de noviembre de 2024, publicada en el DOE número 230, de 26 de noviembre de 2024, desde el momento de la firma.
Cuarto. El incumplimiento de estos requisitos supondrá la aplicación de la estipulación séptima y novena del convenio.
Quinto. Según dispone el artículo 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura: la firma de los convenios corresponde al Consejero competente por razón de la materia que constituya su objeto . Esta competencia ha sido delegada en la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura, mediante Resolución de 2 de agosto de 2023, de la Consejera, por la que se delegan determinadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en la Secretaría General y demás órganos administrativos de la Consejería, publicado en el DOE número 152, de fecha 8 de agosto de 2023.
En virtud de lo expuesto, una vez instruido el expediente relativo a la convocatoria pública para obtener la condición de entidad colaboradora en los trámites telemáticos asociados a esta consejería mediante Acuerdo de apertura de un nuevo plazo para la adquisición de la condición de entidad colaboradora, teniendo en cuenta la normativa reguladora, tras el estudio y análisis de los hechos y fundamentos de derecho desarrollados, y en base a la propuesta de resolución elevada por el Director General de Política Agraria Comunitaria de fecha 23 de julio de 2025,
RESUELVO:
Conceder la condición de entidad colaboradora a las entidades que se relacionan en anexo adjunto a la presente para la realización de los tramites telemáticos asociados a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura, condición que se perfeccionará tras la firma del correspondiente Convenio de Colaboración para la realización de los trámites asociados a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible que se lleven a cabo mediante canales telemáticos .
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de Alzada en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Mérida, 23 de julio de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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