ANUNCIO de 28 de julio de 2025 sobre nombramiento de funcionario de carrera.
TEXTO ORIGINAL
Mediante Decreto de 28 de julio de 2025 se acuerda el nombramiento como funcionario de carrera, como Agente de Policía Local, el cual se transcribe literalmente a continuación:
El Ayuntamiento de Medellín está adherido al Convenio con la Consejería competente en materia de coordinación de Policías Locales para la selección de un agente de Policía Local a través de Tribunal Único regulado en el artículo 46.3 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura. Dicho procedimiento selectivo se regula en el Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único y:
Considerando: Mediante Orden de 27 de abril de 2023 (DOE n.º 81, de 28 de abril de 2023), de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, se convoca proceso de selección por el sistema de oposición libre a través del Tribunal Único, para la provisión de 61 plazas de agente de la policía local en ayuntamientos de Extremadura.
Considerando: Con fecha de 26 de diciembre de 2024 se publicó el Acuerdo de la Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil, por el que se elevaba a definitiva la relación de personas que habían superado la fase de oposición.
Considerando: Que mediante Acuerdo de 13 de enero de 2025, de la Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil se hace pública, con carácter provisional, la relación final de personas que han superado la fase de oposición, así como las plazas elegidas por las mismas, se inicia el plazo para la presentación de documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para participar en dicho proceso y se acuerda su nombramiento como funcionarios y funcionarias en prácticas por los ayuntamientos de destino, en el proceso de selección por el sistema de oposición libre a través del Tribunal Único, para la provisión de 61 plazas de agente de la policía local en ayuntamientos de Extremadura. En dicho acuerdo, se designa a don Pedro Rejas Luciano para el Ayuntamiento de Medellín.
Considerando: Que mediante Decreto de 16 de enero se nombró a don Pedro Rejas Luciano como funcionario en prácticas del Ayuntamiento de Medellín.
Considerando: Mediante Resolución de 24 de julio de 2025, del Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social, se publica en DOE de 28 de julio de 2025 la relación de calificaciones obtenidas por las personas aspirantes que han realizado el XXXIII Curso Selectivo de Formación de Agentes de Policía Local de Extremadura.
Considerando: que el nombramiento del personal del Ayuntamiento de Medellín compete al alcalde conforme a lo dispuesto en el artículo 211.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local.
Con base a lo anterior, acuerdo:
Primero. Nombrar a D. Pedro Ángel Sánchez Carmona, con DNI: 53***477C como funcionario de carrera como Agente de Policía Local en el Ayuntamiento de Medellín.
Segundo. Notificar al presente acuerdo al interesado para proceder a la toma de posesión en el plazo establecido reglamentariamente.
Tercero. Publicar el presente acuerdo en el DOE y BOP a los efectos de lo dispuesto en los artículos 62 del TREBEP, 80 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura y 53 del Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa según el artículo 52.2.a) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Alcalde en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación o notificación de la resolución según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien su impugnación directa ante el Juzgado de lo Contencioso de Administrativo competente en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En el caso de que se haya interpuesto recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto .
Medellín, 28 de julio de 2025. El Alcalde-Presidente, RAFAEL MATEOS TORRES.