RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y Fundecyt-PCTEX por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto "5071_Fundecyt-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura: Aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales" en el ejercicio 2025.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 15 de julio de 2025, el Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y Fundecyt-PCTEX por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto 5071_Fundecyt-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura: Aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales en el ejercicio 2025, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 28 de julio de 2025.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y FUNDECYT-PCTEX POR EL QUE SE FORMALIZA UNA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA DESTINADA A FINANCIAR LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO 5071_FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES EN ELEJERCICIO 2025.
15 de julio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, D. Juan Andrés Moreno Martín, Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 93/2023, de 28 de julio (DOE. núm 146, de 31 de julio), en virtud de la delegación de firma establecida en la Resolución de 10 de agosto de 2023, del Consejero, sobre delegación de competencias en diversas materias y delegación de firma (DOE núm. 157, de 16 de agosto), y de conformidad con las competencias que le atribuyen los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra parte, D. José Luis Canito Lobo, actuando en representación de la entidad Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura con NIF G-06630644 y domicilio social en Avda. Elvas s/n 06071 Badajoz, en virtud de nombramiento del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de fecha 9 de febrero de 2022, y con las atribuciones contempladas en el artículo 31 de los estatutos de esta Fundación relacionados además en la referida escritura pública las facultades conferidas conforme al artículo 32 de los mismos estatutos y conforme al poder otorgado mediante escritura pública con fecha 16 de febrero de 2022, ante el Notario del Ilustre Colegio de Extremadura Don Timoteo Díez Gutiérrez, con el n.º 252 de su Protocolo.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto,
EXPONEN
Primero. Que el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone en su artículo 2 que la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital ejercerá las competencias en materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inversiones y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor; así como las competencias en materia de trabajo y políticas de empleo, las de sociedad de la información y telecomunicaciones. Así mismo ejercerá las de política tecnológica de carácter corporativo y administración electrónica .
A tenor de lo dispuesto en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, corresponde a la Dirección General de Digitalización Regional, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la coordinación de la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad, la promoción, coordinación y gobernanza de la Agenda Digital de Extremadura así como las competencias en materia de telecomunicaciones y conectividad y cohesión del territorio. En este sentido el Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, en su artículo 9, estable que corresponde a la Dirección General de Digitalización Regional, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería y la coordinación de la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad sobre políticas digitales corporativas y seguridad de la información, en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la programación, coordinación y gobernanza de la Estrategia de Transformación Digital de Extremadura así como las competencias en materia de telecomunicaciones y conectividad que impulsen la cohesión del territorio .
Segundo. El Consejo de Ministros aprobó el 28 de marzo de 2023 la iniciativa RETECH IA, un programa dotado con una inversión de 258,3 millones de euros procedentes de los fondos europeos Next Generation del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para la puesta en marcha de 13 proyectos emblemáticos que abarcan a todas las comunidades autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
El programa cuenta con financiación europea pero también con una aportación de 87 millones de euros de las comunidades autónomas. En total, RETECH IA está dotado con 345,3 millones de euros a distribuir entre sus trece proyectos emblemáticos:
— Spain Living Lab (Misión IA). Creará un ecosistema de innovación abierto para desarrollar Inteligencia Artificial en el sector turístico. (Coordina Canarias y participan Baleares, Andalucía, Aragón, Navarra, Asturias y Castilla-La Mancha). Presupuesto total de 43,9 millones de euros.
— Cadena de Valor en Inteligencia Artificial. Fomento del uso de la inteligencia artificial y la tecnología del dato en el tejido empresarial industrial. (Coordina País Vasco y participan la Comunidad de Madrid y Galicia). Presupuesto total de 55,6 millones de euros.
— Red Territorial de Hubs de Inteligencia Artificial (Cadena de Valor). Creación de una red de generación de talento empresarial dedicado al ámbito de la Inteligencia Artificial, mediante formación y nuevos programas e itinerarios educativos para desarrollar productos, servicios y herramientas que ofrece la Inteligencia Artificial. (Coordina Cataluña y participan Comunidad Valenciana y Baleares). Presupuesto total de 38,7 millones de euros.
— TechFabLab (Redes de Emprendimiento). Proporcionará oportunidades de asesoramiento y formación en empresas, identificación y potenciación de iniciativas de origen local de la mano de las mayores empresas de cada región. (Coordina La Rioja y participan Aragón, Navarra, Cantabria, Comunidad Valenciana y Cataluña). Presupuesto total de 42 millones de euros.
— Plataforma Agroalimentaria en Red. Creación de una plataforma transversal de Inteligencia Artificial aplicada al sector agroalimentario para acelerar el proceso de transformación digital en el sector. Se establecerá un sistema interregional de negociación, comercialización y transparencia de los productos alimentarios y una recopilación exhaustiva de datos en el proceso productivo, de comercialización y consumo. (Coordina Castilla-La Mancha y participan Castilla y León, Extremadura y La Rioja). Presupuesto total de 27 millones de euros.
— Infraestructura para Red Española de Blockchain. Construcción de una red tecnológica de ámbito nacional basada en la tecnología Blockchain, alineada con la infraestructura europea en este ámbito. (Coordina la Comunidad de Madrid y participan Asturias y Canarias). Presupuesto total de 18 millones de euros.
— Aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales. Desarrollará recreaciones virtuales basadas en el territorio, para hacer predicciones y simulaciones, mejorar la prestación y gestión de los servicios públicos. (Coordina La Rioja y participan Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia y Navarra). Presupuesto total de 23,7 millones de euros.
— Proyecto Plan de Digitalización e Inteligencia Artificial del Patrimonio Prehistórico de Cantabria y Asturias. Combinación de tecnologías de digitalización y herramientas de inteligencia artificial para la optimización de la gestión del patrimonio prehistórico en España, abarcando la investigación, conservación y difusión. (Coordina Cantabria y participa Asturias). Presupuesto total de 12,9 millones de euros.
— Redes de Emprendimiento Digital. Desarrollo y especialización del sector TIC en el emprendimiento digital para la aparición de soluciones disruptivas e innovadoras con capacidad tractora en cada territorio. (Coordina Andalucía y participan Madrid y Ceuta). Presupuesto total de 23,6 millones de euros.
— Salud Digital Inteligente. Aceleración de la transformación digital en el ámbito de la robótica asistencial para conformar un espacio de datos que permita diseñar mejores productos y servicios por las empresas del sector de la salud con el fin de lograr medicina personalizada para cada paciente. (Coordina Murcia). Presupuesto total de 8 millones de euros.
— RETECHFOR. Red Tecnológica y territorial para dotar al sector forestal de datos, el monitoreo forestal y reducción de desastres ambientales como palancas para el desarrollo de la Bioeconomía Forestal, mediante el desarrollo de servicios y productos para mejorar la coordinación de los agentes y la toma de decisiones en prevención, extinción y planes de restauración de desastres naturales. (Coordina Castilla y León y participa Canarias). Presupuesto total de 28,4 millones de euros.
— Knowledge Heritage Network. Actuaciones innovadoras a nivel tecnológico relativas al patrimonio cultural mediante el desarrollo de una plataforma de captación de datos e interpretación, la creación o potenciación de una red de laboratorios inteligentes de patrimonio cultural. (Coordina Castilla y León y participan Aragón y Galicia). Presupuesto de 15,9 millones de euros.
— Ecosistema emprendedor para un territorio rural y marino inteligente (TriRuralTech). Puesta en marcha de una red de excelencia para el fomento del emprendimiento en el medio rural, con un espacio regional de datos rurales, una plataforma de inteligencia Big Data conectada a las plataformas locales y comarcales de gestión de servicios digitales. (Coordina Extremadura y participan Islas Baleares, Cantabria y Murcia). Presupuesto total de 7,6 millones de euros.
Tercero. Las Redes Territoriales de Especialización Tecnológica (RETECH) son una herramienta para hacer realidad la transformación digital en todo el territorio, aprovechando al máximo las potencialidades de cada región.
Su objetivo es lanzar proyectos territoriales de transformación digital impulsados de forma conjunta por varias regiones.
RETECH es una iniciativa lanzada por la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial en agosto de 2022 a través de una invitación pública. Los proyectos fueron aprobados en diciembre de 2022 con financiación de fondos europeos Next Generation EU del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
La iniciativa RETECH se alinea con dos de los principales objetivos específicos de la Agenda España Digital:
— Liderar el cambio disruptivo de manera inclusiva y sostenible.
— Focalizar los esfuerzos de digitalización en sectores económicos clave.
Se trata, por tanto, de una iniciativa emblemática que permitirá apoyar proyectos tractores, fomentando el intercambio de conocimiento y multiplicando las oportunidades de cada región.
Esto se logrará a través de redes nacionales que permitan maximizar el equilibrio territorial y la cohesión social.
Cuarto. Que la Junta de Extremadura, participa como beneficiaria en el proyecto Programa de aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales: RETECH, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- Financiado por la Unión Europea- NextGeneration EU .
Quinto. Que la Estrategia de Transformación Digital de Extremadura traza el camino para llevar a su ciudadanía y empresas a la era digital, avanzando rápidamente en el desarrollo de una Administración Pública ágil, centrada en el ciudadano y eficiente, dotando de infraestructura digital y conectividad a su vasto territorio rural, promoviendo el talento digital y la inclusión digital ciudadana, y estimulando un tejido empresarial competitivo, innovador y avanzado.
En línea con los programas políticos de la Década Digital 2030 y la Brújula Digital, la Estrategia de Transformación Digital de Extremadura (ETDE) se basa en cuatro ejes estratégicos:
1. Administración ágil, eficiente y proactiva (Digitalización de los servicios públicos)
2. Conectividad digital, territorio inteligente y ciberseguridad (Infraestructura digital segura y de alto rendimiento).
3. Hacia una sociedad digital (Habilidades digitales).
4. Construir una región competitiva e innovadora (Transformación digital de empresas).
Sexto. Que la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura (en adelante FUNDECYT- PCTEX) es una fundación del sector público de la Comunidad Autónoma de Extremadura que, dentro del sistema de Ciencia, Tecnología, Economía, Sociedad , tiene como objetivos, entre otros, los de promover proyectos de interés general en este campo, así como desarrollar, colaborar y coordinar, en su caso y a su encomienda, los programas que al efecto desarrollen la Junta de Extremadura, la Universidad de Extremadura, otras Administraciones e Instituciones Públicas extremeñas y las empresas privadas, para consolidar un sistema estable, sostenible, generador de empleo, bienestar y desarrollo competitivo.
Para el desarrollo de estos objetivos, FUNDECYT-PCTEX tiene, entre otros, los siguientes fines:
1. La Fundación tiene por objeto contribuir al aprovechamiento social y económico de la ciencia y la tecnología, el apoyo y promoción del desarrollo científico y tecnológico y su gestión, lograr un mejor aprovechamiento de la investigación y la innovación y estimular la participación de la sociedad civil movilizando sus recursos. Para la realización de estos fines la Fundación realizará actividades fundamentalmente, aunque sin ánimo exclusivo, en las siguientes áreas:
a. Intercambio de ciencia, tecnología y conocimiento.
b. Innovación empresarial y social y para el sector público.
c. Gestión de espacios de I+D e innovación, incluyendo los propios del Parque Científico y Tecnológico.
d. Gestión directa y apoyo en la gestión de proyectos nacionales y europeos.
e. Atracción, gestión y desarrollo del conocimiento y del talento.
f. Soporte al emprendimiento innovador basado en la ciencia, la tecnología y el conocimiento.
g. Colaboración nacional e internacional con todo tipo de instituciones y organizaciones para el desarrollo de actividades en las áreas mencionadas con anterioridad.
2. La enunciación de los citados fines no les otorga orden de prelación alguno.
Séptimo. Que, por lo expuesto, la actual Dirección General de Digitalización Regional, considera de interés establecer una colaboración con FUNDECYT-PCTEX para la ejecución y el desarrollo del Proyecto 5071 FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES".
Octavo. Que la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, (DOE núm. 26 de 6 de febrero), en el anexo del proyecto de gastos de la Sección 14 Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital , en el servicio 14007 Dirección General de Digitalización Regional y en el programa 332A Tecnologías de la Información y las Comunicaciones contempla una transferencia específica a favor de FUNDECYT-PCTEX, para la ejecución del proyecto 5071 FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES por importe de 55.000 euros, financiados con fondos pertenecientes a los Mecanismos de Recuperación y Resiliencia.
Una vez publicada la Orden de 6 de febrero de 2025 por la que se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2025, (DOE núm. 26 viernes 7 de febrero), se prorrogan los créditos asignados a las transferencias específicas.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley, se consideran transferencias específicas, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto de Gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la realización de actuaciones concretas por los citadas entidades que forman parte del Sector Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de una convocatoria pública.
Mediante el presente Convenio se pretende formalizar la citada transferencia específica, conforme a lo dispuesto en el 45.3 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, según el cual, deberá formalizarse mediante convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria a la que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones concretas a desarrollar; la forma de pago ajustada al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005, el plazo; la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste del proyecto, del cumplimiento de su finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de seguimiento y control de las actuaciones; y las consecuencias de su incumplimiento, entre las que se incluirá, en todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas.
Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y actuaciones a realizar en el ámbito del Convenio.
El presente Convenio tiene por objeto formalizar una transferencia específica para la ejecución del proyecto denominado aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales a través de la Fundación FUNDECYT- PCTEX. Las actuaciones a desarrollar en el marco del presente Convenio serán las siguientes:
Actuación 1. Gobernanza que consistirá en realizar todas las tareas relacionadas con la gobernanza y coordinación del proyecto, haciendo de interlocutor con el coordinador y cumpliendo con las siguientes responsabilidades:
— Velar por el cumplimiento de los hitos y objetivos del proyecto.
— Interactuar con los distintos organismos con los que tratar cualquier tema relacionado con la gestión y ejecución de este proyecto.
— Valorar la situación del proyecto y eventuales riesgos tanto técnicos como administrativos u organizativos y plantear planes de trabajo concretos y mover su organización coordinada, rápida y eficazmente en la resolución de cualquier incidente relacionado con este proyecto.
— Supervisar el avance del proyecto y la calidad de su desarrollo e informar, a la Junta de Extremadura, de forma diligente de cualquier incidencia incluyendo cambios en el organigrama, roles, incidencias del servicio, etc.
— Canalizar y hacer fluir la comunicación entre y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al proyecto, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato, manteniendo en todo momento una adecuada coordinación entre las partes.
— Trasladar las instrucciones que estime oportunas relacionadas con el objeto de este contrato y sobre el uso, normas y funcionamiento de las instalaciones o recursos que ponga a disposición del mismo.
— Coordinar los trabajos que se realicen, desde Extremadura, con resto de activos a disposición del proyecto.
— Apoyo en la elaboración de informes y documentación relacionada con la actuación RETECH.
— Colaborar con los responsables de la DGDR en la coordinación del proyecto junto con los responsables del resto de CCAA participantes en el proyecto RETECH.
— Realizar informe ejecutivo sobre la evolución de la ejecución del proyecto y resultados obtenidos.
— Elaboración y revisión de la justificación final.
Actuación 2. Difusión y Formación que tendrá por objeto realizar todas las actuaciones diseñadas en el proyecto en materia de comunicación y formación, alineadas con la estrategia de información, comunicación y difusión diseñada, que permita:
— Informar adecuadamente sobre el proyecto y sus avances al conjunto de la ciudadanía y a colectivos de especial interés.
— Impulsar actuaciones de difusión a nivel regional, autonómica y nacional.
— Se trabajará también en coordinación con la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial para poder integrar periódicamente la información de la iniciativa y sus avances en la web de España Digital 2026.
— Acompañamiento y asistencia técnica a actividades realizadas en Extremadura.
— Colaboración con el Centro Demostrador de Gemelos Digitales de Extremadura.
— Seguimiento de las actuaciones que lleve a cabo el Centro Demostrador de Gemelos Digitales de Extremadura.
La ejecución de las actuaciones por parte de FUNDECYT- PCTEX financiadas con cargo a esta transferencia no generará ingresos, en ningún caso.
Asimismo, FUNDECYT- PCTEX realizará las actuaciones los gastos en los términos establecidos en el anexo I del presente convenio.
Segunda. Financiación.
La financiación de las actividades a realizar derivadas de la ejecución del Proyecto 5071 FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES por importe de cincuenta y cinco mil (55.000,00 €), se llevará a cabo a través de una transferencia específica contemplada en el anexo de proyecto de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, en la aplicación presupuestaria 140070000G/332A/44000, proyecto de gasto 20240245, financiado con fondos provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Europeo, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, en la medida en que han resultado incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Next Generation EU).
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Aplicación Presupuestaria
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Proyecto de gasto
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Denominación del Proyecto
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Código Fondo
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Importe 2025
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140070000G/332A/44000
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20240245
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5071 FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNVOCIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES
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MR05C13I01
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55.000,00 €
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Tercera. Obligaciones de las partes.
Con el interés común de impulsar el Proyecto ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES las partes contribuyen a su desarrollo poniendo en común los datos, los conocimientos y los elementos personales y materiales necesarios para su realización.
En concreto, del presente Convenio se derivan las siguientes obligaciones para las partes:
A) Corresponde a la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, desde la actual Dirección General de Digitalización Regional:
— Coordinar la dirección del proyecto en su conjunto y aportar los recursos humanos y materiales para la correcta ejecución del mismo.
— Aportar la información precisa para ayudar a establecer de forma clara los objetivos perseguidos.
— Favorecer la coordinación de los diferentes agentes políticos, técnicos y sociales involucrados.
— Favorecer la difusión y comunicación del convenio y las actuaciones que se desarrollen en el marco del mismo, entre las administraciones públicas y entidades públicas y privadas en el ámbito estatal e internacional, para lograr su participación activa en el desarrollo de las mismas.
— Autorizar el registro de sus datos en una base de datos única, así como someterse a los controles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión Europea, Oficina de Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
— Garantizar el pleno cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (principio do no significant harm - DNSH) y el etiquetado climático y digital.
— Cumplir con la normativa europea y nacional que resulte aplicable y, en particular, con las obligaciones que se derivan del cumplimiento del Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con la normativa reguladora de las Ayudas de Estado e, igualmente, con el resto de normativa europea y nacional aplicable, en especial, las medidas relativas a evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble financiación, en protección de los intereses financieros de la Unión.
B) Corresponde a FUNDECYT-PCTEX:
— Acompañar a la Junta de Extremadura a través de la Dirección General de Digitalización Regional en trabajos relacionados con la ejecución del proyecto RETECH Aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales. Desarrollará recreaciones virtuales basadas en el territorio, para hacer predicciones y simulaciones, mejorar la prestación y gestión de los servicios públicos. (Coordina La Rioja y participan Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia y Navarra).
— Preparar documentos e informes para la dirección, gestión, seguimiento, evaluación y control del proyecto.
— Apoyar al seguimiento y control técnico y económico de actuaciones a realizar así como la gestión de la información.
— Apoyar administrativamente en particular, en la generación, recogida, tratamiento y análisis de la información necesaria para el seguimiento y coordinación del proyecto, en el cumplimiento de las obligaciones de información exigidas, así como en el soporte y asistencia a la elaboración de los informes de evaluación.
— Asistir técnicamente en los foros, jornadas y conferencias o ruedas de prensa que se organicen en el contexto y ámbito del presente convenio.
— Apoyar para la difusión de las actividades y resultados, en el contexto y ámbito del presente convenio.
— Analizar y evaluar el resultado e impacto de los planes, proyectos y actuaciones y, en general, del estado de desarrollo de la estrategia de transformación digital, en el contexto y ámbito del presente convenio. Apoyando en la elaboración y cumplimiento de los documentos que a efectos de estrategias transversales sean requeridas a la Dirección General de Digitalización Regional.
— Facilitar datos a otros organismos competentes en la materia.
— Asesorar a técnicos y representantes del Ejecutivo regional en el impulso de iniciativas orientadas a la aplicación de las medidas de la estrategia de transformación digital.
— Justificar los gastos imputables a la ejecución del convenio ante los organismos que participan en la financiación, siguiendo los criterios que se establezcan por la Comisión de Seguimiento.
— Autorizar el registro de sus datos en una base de datos única, así como someterse a los controles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión Europea, Oficina de Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
— Garantizar el pleno cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (principio do no significant harm - DNSH) y el etiquetado climático y digital.
— Cumplir con la normativa europea y nacional que resulte aplicable y, en particular, con las obligaciones que se derivan del cumplimiento del Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con la normativa reguladora de las Ayudas de Estado e, igualmente, con el resto de normativa europea y nacional aplicable, en especial, las medidas relativas a evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble financiación, en protección de los intereses financieros de la Unión.
— Y, en general, gestionar las actuaciones que se atribuyan al Equipo técnico de la Oficina Técnica en virtud de las estipulaciones de este convenio y aquéllas que estime convenientes para la consecución de los objetivos perseguidos.
Cuarta. Ejecución del proyecto y plazo y forma de justificar la transferencia específica.
La fecha de finalización de la ejecución del proyecto será el 31 de diciembre de 2025, sin perjuicio de que a la transferencia específica que se formaliza mediante la suscripción de este convenio puedan imputarse los gastos derivados de tal ejecución en los que haya incurrido desde el 1 de abril de 2025.
Los pagos derivados de la ejecución de las anteriores actuaciones, así como la acreditación relativa a los mismos, deberán estar realizados y fechados con anterioridad al 28 de febrero de 2026.
El plazo y la forma de justificar la ejecución de las actuaciones deberá realizarse conforme a lo recogido en las instrucciones contenidas en el Anexo II del presente Convenio.
La fecha límite para presentar la documentación justificativa será el 28 de febrero de 2026.
La entidad FEVAL-GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actuaciones realizadas a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
Quinta. Pago de la transferencia específica.
1. El pago de esta transferencia específica se hará efectivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005. De esta forma:
Las transferencias nominativas se librarán con carácter general trimestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestario correspondiente, para su abono dentro del primer mes de cada trimestre.
No obstante, las transferencias nominativas cuyo crédito presupuestario total no exceda de 300.000 euros podrán ejecutarse de una sola vez para su pago dentro de los treinta días siguientes a la fecha de contabilización de la correspondiente propuesta de pago .
2. En base a lo anterior, tratándose de una transferencia cuyo crédito presupuestario es menor de 300.000 euros, el pago de la misma se efectuará de una sola vez, el cual se realizará tras la firma del convenio.
Sexta. Incumplimiento y reintegro.
1. Serán causas de incumplimiento que conllevarán, previa audiencia de FUNDECYT- PCTEX, la devolución, en su caso, total o parcial de la transferencia específica y el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las cantidades percibidas con los intereses legales correspondientes, las siguientes:
a) No justificación, justificación insuficiente o justificación fuera de plazo de las actuaciones a ejecutar cada anualidad.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión de los datos suministrados por FUNDECYT- PCTEX.
c) No adopción de las medidas de difusión y publicidad de la cláusula décima.
d) No realización de las actividades objeto de esta transferencia.
e) El incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente convenio.
2. El grado de incumplimiento se determinará proporcionalmente al porcentaje que no se haya ejecutado o no se haya justificado correctamente. Se entenderá cumplido el objeto de la transferencia cuando alcance un grado de ejecución que sea al menos igual o superior al 50 % del importe total de la misma, procediendo el reintegro parcial, de las cantidades percibidas y no ejecutadas. En caso contrario, existirá incumplimiento total y procederá el reintegro total de las cantidades percibidas cuando el grado de ejecución mínimo resulte inferior al 50% de la cuantía total de la transferencia. Todo ello sin perjuicio de la exigencia del interés de demora previsto en el artículo 24 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, de Hacienda Pública de Extremadura.
3. El procedimiento de reintegro, cuando proceda en virtud del incumplimiento antes dicho, o a consecuencia de la emisión del informe de control financiero emitido por la Intervención General de la Junta de Extremadura, se iniciará de oficio por la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de reintegro será de 12 meses desde la fecha del acuerdo de iniciación. Transcurrido el plazo para resolver sin que haya sido notificada resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento, sin perjuicio de continuar las actuaciones hasta su terminación y sin que se considere interrumpida la prescripción por las actuaciones realizadas hasta la finalización del citado plazo.
La resolución del procedimiento de reintegro pondrá fin a la vía administrativa.
De no reintegrarse las cantidades que se determinen en periodo voluntario, se acudirá a la vía ejecutiva.
Séptima. Derechos de propiedad intelectual y publicaciones.
En materia de derechos de propiedad intelectual que se deriven del presente convenio, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia, entendiendo que la proporción en estos derechos, que son el resultado unitario de una obra de colaboración, es igual para todas partes. A estos efectos, la difusión o publicación de los resultados de los trabajos, cualquiera que sea el medio que se utilice para ella, hará constar las instituciones que lo han hecho posible, así como los autores de dichos trabajos. Todo ello bajo la licencia Creative Commons.
Octava. Modificación del convenio.
El presente Convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime y expreso entre las partes, mediante suscripción del oportuno acuerdo de modificación, que se incorporará como adenda al Convenio, formalizado con anterioridad a la expiración del plazo de duración de este.
Novena. Comisión de Seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y dos representantes de FUNDECYT- PCTEX designados por quienes suscriben el presente Convenio.
Esta Comisión se regirá en cuanto a su constitución, funcionamiento y adopción de acuerdos por la normativa vigente en materia de órganos colegiados contenida en la sección 3, Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a uno de los representantes de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de empate. El ejercicio de las funciones de secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de FUNDECYT- PCTEX.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente Convenio.
A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
— Realizar el seguimiento de la actuación.
— Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente Convenio,
— Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de la actuación tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo garantizar FUNDECYT- PCTEX la disponibilidad de la información.
Décima. Eficacia, duración y resolución.
La eficacia del presente Convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes hasta el 31 de diciembre de 2025. No obstante, se podrán imputar gastos derivados de la ejecución del proyecto desde el 1 de abril de 2025, tal como se recoge en la cláusula cuarta.
Serán causas de Resolución del presente Convenio:
— El vencimiento del plazo de eficacia.
— El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
— La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
— La denuncia del Convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la otra, de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. En este caso, la parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15 días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el Convenio.
— Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán ser realizadas hasta su completa finalización.
Undécima. Información y publicidad.
La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.
De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberá exhibirse de forma correcta y destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que diga financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU , junto al logotipo del PRTR, disponible en el link https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
Las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y notificación derivadas de la aportación del Estado a este programa cumplirán los requisitos de publicidad, según los cuales en todas las actuaciones que se deriven de los instrumentos contractuales o convencionales realizados con cualquier persona física o jurídica, pública o privada, se insertará la imagen institucional, que ha de incluir siempre el Escudo de España y la denominación del Ministerio, tal como se establece en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado y, en la Resolución de 28 de febrero de 2020, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional, adaptándolo a la nueva estructura de departamentos ministeriales de la Administración General del Estado.
El artículo 34 del citado reglamento establece las medidas de información, comunicación y publicidad, en particular, indica que los perceptores de fondos de la Unión Europea harán mención del origen de la financiación y velarán por darle visibilidad, incluyendo el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU . En todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo el beneficiario, se deberá reconocer el apoyo del fondo en la operación mostrando el emblema de la Unión Europea.
En consecuencia, en las actuaciones ejecutadas en el marco de los Componentes 12,13,14 y 16 del PRTR y financiada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de 2023, se incluirá el logo de la Unión Europea y del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y se establecerá un mecanismo de identificación de las facturas o documentos originales del gasto (mediante sello, troquel u otro medio similar) de forma que figure su condición de gasto financiado por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y por la Unión Europea- NextGenerationEU .
Décimosegunda. Régimen jurídico y resolución de controversias.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido del ámbito de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6, y formalizándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 45 de la citada Ley 6/2022, de 30 de diciembre, y por lo tanto todas las cuestiones que se puedan plantear en orden a su cumplimiento, interpretación, resolución y efectos, deberán resolverse de mutuo acuerdo entre las partes, mediante diálogo y negociación en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula octava del presente convenio.
Asimismo, estará sujeto a lo dispuesto en el Capítulo VI, del Título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente Convenio por duplicado ejemplar y a un solo efecto en la fecha y lugar mencionados en el encabezamiento.
PA, Resolución de 10 de agosto de 2023(DOE núm. 157, de 16 de agosto),
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
El Director Gerente de la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura,
JOSÉ LUIS CANITO LOBO