EXTRACTO de la convocatoria incorporada en el Decreto 167/2024, de 26 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de gerentes para la dinamización comercial y se aprueba la primera convocatoria.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):808851
BDNS(Identif.):808852
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Ayudas dirigidas a los ayuntamientos y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura que reúnan los requisitos, para sufragar los costes salariales de la prestación del servicio durante tres años, de una persona gerente para dinamizar el comercio minorista, y aprobar la primera convocatoria.
La persona gerente será la encargada de promocionar y dinamizar el pequeño comercio minorista de la localidad, o localidades del ámbito de la mancomunidad, en todas las áreas y espacios comerciales, incluidos los mercados de abastos.
Segundo. Entidades beneficiarias.
Podrán acogerse a estas ayudas:
a) En la línea de ayudas destinada a los ayuntamientos: Podrán ser beneficiarios de estas ayudas cualquier ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Extremadura cuya localidad ejerza una atracción comercial y de turismo a una población superior a los 5.000 habitantes.
b) En la línea de ayudas destinadas a las mancomunidades de municipios: Podrán ser beneficiarias aquellas mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura siempre que:
Ninguno de los municipios que la componen cumplan individualmente los requisitos para acceder a la ayuda.
En sus estatutos de constitución debe figurar entre sus fines que asumen las competencias de ordenación y gestión del comercio interior, en concreto, en lo relativo a la ordenación y gestión sobre mercados, abastos, ferias, lonjas, mataderos y comercio ambulante.
En todos los casos, las entidades solicitantes de las ayudas no podrán acceder a las mismas si a la fecha de finalización del plazo para presentar la solicitud de cada convocatoria, tienen contratada a una persona gerente con cargo a subvenciones otorgadas mediante la Orden de 28 de julio de 2022 y sus respectivas convocatorias o las derivadas del presente decreto.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 167/2024, de 26 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de gerentes para la dinamización comercial y se aprueba la primera convocatoria.
Cuarto. Cuantía.
La ayuda se concederá por la cuantía correspondiente a los tres años de prestación del servicio. La cuantía de la ayuda será del 75% de los gastos subvencionables, siendo el importe máximo de los gastos subvencionables de 25.000 euros al año, de forma que el límite de ayuda máximo por año de prestación del servicio será de 18.750 euros.
El inicio de la contratación estaría previsto para el 1 de julio de 2025, aunque el mismo podrá ser objeto de prórroga. La subvención alcanzaría hasta el tercer año de contrato, que finalizaría el 30 de junio de 2028, por lo que el coste de las acciones subvencionables se imputará a los presupuestos de 2025, 2026, 2027 y 2028.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes de participación comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y su correspondiente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y será de diez días hábiles.
La solicitud y documentación necesaria se presentará a través de Sede Electrónica Asociada mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0635322 .
Sexto. Financiación.
El coste de las acciones previstas será imputado a las partidas presupuestarias contenidas en el Programa 341A Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña , con cargo a la aplicación presupuestaria 14003341A460.00, Proyecto de gasto 20170247 denominado Ayudas contratación agentes del comercio , financiado con fondos de la Comunidad Autónoma.
El importe total de la convocatoria asciende a 900.000 euros. El importe de la convocatoria correspondiente a cada línea de ayuda y su imputación presupuestaria es la siguiente:
a) La convocatoria de la línea destinada a ayuntamientos tiene un importe total de 618.750 euros, imputándose 103.125 euros con cargo al presupuesto del año 2025, 103.125 euros con cargo al presupuesto del año 2026, 206.250 euros con cargo al presupuesto del año 2027 y 206.250 euros con cargo al presupuesto del año 2028.
b) La convocatoria de la línea destinada a mancomunidades de municipios tiene un importe total de 281.250 euros, imputándose 46.875 euros con cargo al presupuesto del año 2025, 46.875 euros con cargo al presupuesto del año 2026, 93.750 euros con cargo al presupuesto del año 2027 y 93.750 euros con cargo al presupuesto del año 2028.
Mérida, 27 de diciembre de 2024.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN