RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento ordinario n.º 358/2025, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y se emplaza a los posibles interesados en el mismo.
DOE Número: 151
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 06 de agosto de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Recurso. Emplazamiento.
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TEXTO ORIGINAL
Ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo con número de procedimiento ordinario 358/2025 por la representación procesal de D.ª Antonia Ángeles López Arcos, contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de alzada presentado con fecha 20 de enero de 2025, frente al Acuerdo de 18 de diciembre de 2024, por el que se hace pública la puntuación definitiva obtenida por las personas aspirantes, dictado por el Tribunal Único, encargado de valorar la fase de concurso del proceso selectivo convocado por Orden de 23 de diciembre de 2022, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para el acceso a plazas vacantes del Cuerpo Técnico, Especialidad Empleo, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición.
En consecuencia y de conformidad con lo establecido en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y dando debido cumplimiento al requerimiento efectuado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los posibles interesados para que puedan personarse ante este Tribunal, si a su derecho conviniera, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
De personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos, continuando el procedimiento por sus trámites y sin que haya lugar a practicarles en estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna.
Mérida, 24 de julio de 2025.
El Director General de Función Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO