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RESOLUCIÓN de 21 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda del Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Cáceres y Badajoz para el desarrollo del "Programa de puntos de cardioprotección en el ámbito rural de Extremadura".
DOE Número: 16
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 24 de enero de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 5161
Página Fin: 5165
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 5 de diciembre de 2024, la Adenda del Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Cáceres y Badajoz para el desarrollo del Programa de puntos de cardioprotección en el ámbito rural de Extremadura , de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 21 de enero de 2025.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD Y LOS COLEGIOS OFICIALES DE FARMACÉUTICOS DE CÁCERES Y BADAJOZ PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE PUNTOS DE CARDIOPROTECCIÓN EN EL ÁMBITO RURAL DE EXTREMADURA .
Mérida, 5 de diciembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Jesús Vilés Piris, ejerciendo la representación legal del Servicio Extremeño de Salud (en adelante SES), en su condición de Director Gerente, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 148/2023, de 2 de agosto (DOE n.º 149, de 3 de agosto de 2023), y cuya facultad para la suscripción de Convenios viene expresamente reconocida en el artículo 4 del Anexo I del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, previa autorización por Consejo de Gobierno en su sesión de fecha 2 de diciembre de 2024.
De la otra parte, D. Cecilio José Venegas Fito con DNI ***8387** en calidad de Presidente del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Badajoz con CIF Q0666002-A, actuando en nombre y representación de dicha corporación y en el ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 25 de los estatutos de la misma publicados mediante Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la inscripción y publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Badajoz, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
Y D. Juan José Hernández Rincón, con DNI ***3731** en calidad de Presidente del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cáceres con CIF Q1066002-E, actuando en nombre y representación de dicha corporación y en el ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 24 de los estatutos de la misma publicados mediante Resolución de 11 de mayo de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la inscripción y publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cáceres, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
Las partes intervienen en ejercicio de las facultades que les otorgan sus cargos y, reconociéndose mutuamente capacidad, competencia y legitimación para la suscripción del presente negocio jurídico.
MANIFIESTAN
Primero. El Servicio Extremeño de Salud, el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Badajoz y el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cáceres suscribieron, con fecha 9 de septiembre de 2024, un convenio de colaboración para el desarrollo del Programa de puntos de cardioprotección en el ámbito rural de Extremadura .
Segundo. Dispone la cláusula sexta del convenio que, en el plazo de un mes desde su firma, se constituirá la Comisión de seguimiento, la cual, entre sus funciones tendrá la de proponer la modificación o actualización del convenio que se estime oportuna para la mejora del mismo . Por su parte, la cláusula novena refiere que cualquier modificación del presente convenio requerirá el acuerdo unánime de las partes y deberá documentarse por escrito por medio de una adenda que se incorpore al mismo .
Tercero. En la primera reunión de la Comisión de seguimiento se pone de manifiesto por ambos colegios profesionales, la imposibilidad de instalar puntos de cardioprotección en algunas de las localidades incluidas en el Anexo I del convenio por razones técnicas o por la falta de solicitud de participación del titular de la oficina de farmacia, por lo que se propone la incorporación de nuevas localidades en sustitución de las que deban excluirse por los motivos expuestos, respetando en todo caso el número máximo de 200 establecido en el convenio.
Así, en atención a la propuesta de la Comisión de seguimiento, las partes firmantes del convenio acuerdan, por unanimidad, mediante la suscripción de la presente adenda, aceptarla y modificar, en consecuencia, el Anexo I.
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.
La presente adenda tiene por objeto modificar el Anexo I del convenio Programa de puntos de cardioprotección en el ámbito rural de Extremadura suscrito entre el Servicio Extremeño de Salud y los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Cáceres y de Badajoz, el 9 de septiembre de 2024.
Segunda. Mantenimiento de las cláusulas del convenio.
Seguirán plenamente vigentes y aplicables todas las demás cláusulas y disposiciones del convenio objeto de esta modificación.
Tercera. Eficacia de la Adenda.
La presente adenda se perfecciona y surtirá efectos desde el día de su última firma electrónica.
El Director Gerente del SES,
D. JESÚS VILES PIRIS
El Presidente del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cáceres,
D. JUAN JOSÉ HERNÁNDEZ RINCÓN
El Presidente del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Badajoz,
D. CECILIO JOSÉ VENEGAS FITO
ANEXO I
Farmacias en las localidades rurales compatibles con el programa
Badajoz:
Bodonal de la Sierra Torremayor
Cheles Valle de Santa Ana
Cordobilla de Lácara La Lapa
Carmonita Malcocinado
Benquerencia de la Serena La Parra
Helechal Corte de Peleas
Feria Gargáligas
Hinojosa del Valle Los Guadalperales
La Haba Puebla de la Reina
Higuera de la Serena Magacela
Malpartida de la Serena Táliga
Medina de las Torres Esparragalejo
Maguilla Trujillanos
Mirandilla Valdecaballeros
Montemolín LLera
Santa Maria de la Nava Rena
Peraleda del Zaucejo Villar de Rena
La Roca de la Sierra Mengabril
San Pedro de Mérida Palomas
Garlitos Valverde de Burguillos
El Risco Aljucen
Sancti-Spíritus Valuengo
Torrre de Miguel Sesmero Vivares
Valencia de las Torres Valdehornillos
Valle de la Serena San jorge de alor
Villagonzalo Novelda del Guadiana
Villalba de los Barros Sagraja
Cáceres:
Abadía El Batan Plasenzuela
Abertura El Torno Portaje
Acebo Escurial Pueblonuevo de Miramontes
Acehúche Garciaz Puerto de Santa Cruz
Albalá Garganta la Olla Romangordo
Aldea del Cano Gata Rosalejo
Alonso de Ojeda Guijo de Granadilla Salvatierra de Santiago
Arroyomolinos de la Vera Herguijuela Santa Ana
Baños de Montemayor Herreruela Santa Cruz de la Sierra
Barrado Hinojal Santa Marta de Magasca
Benquerencia Holguera Santiago del Campo
Botija Ibahernando Santibáñez el Bajo
Cabrero Jaraicejo Saucedilla
Calzadilla Jerte Tejeda de Tiétar
Carbajo La Cumbre Tornavacas
Carcaboso La Garganta Torre de Santa María
Casar de Palomero Ladrillar Torremenga
Casares de las Hurdes Marchagaz Torreorgaz
Casas de Don Antonio Mata de Alcántara Torrequemada
Casas de Millán Membrío Valdeíñigo
Casas de Miravete Millanes Valdelacasa de Tajo
Casas del Monte Mirabel Valdeobispo
Casatejada Navalvillar de Ibor Valverde de la Vera
Casillas de Coria Palomero Villamesías
Cedillo Pasarón de la Vera Villamiel
Cuacos de Yuste Peraleda de la Mata Zarza de Montánchez

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