RESOLUCIÓN de 12 de agosto de 2025, del Consejero, por la que se modifica la Resolución de 8 de julio de 2025, por la que se crea el sello electrónico "Sello electrónico de la Dirección General de Cooperativas y Economía Social" para su utilización por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
TEXTO ORIGINAL
En virtud del Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se atribuye a la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, las competencias en materia de política tecnológica de carácter corporativo y administración electrónica.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, LRJSP), prevé en su artículo 40 y siguientes el uso de sellos electrónicos basados en certificados electrónicos que reúnan los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica, para la identificación y la autenticación del ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada. También, el Decreto 225/2014, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, permite dicho uso y determina en su artículo 40 que la creación de los sellos electrónicos se realizará por resolución del titular de la Consejería competente en materia de administración electrónica.
En virtud de lo expuesto, se llevó a cabo la Resolución de 8 de julio de 2025, del Consejero, por la que se crea el sello electrónico Sello electrónico de la Dirección General de Cooperativas y Economía Social para su utilización por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, que se publicó en el Diario Oficial de Extremadura (en adelante, DOE) el 17 de julio de 2025 (DOE n.º 137).
Esta Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, obedeciendo a la especificidad técnica de los trabajos a desarrollar y al alto grado de especialización para llevarlos a cabo, así como a la necesidad de contar con las preceptivas autorizaciones y habilitaciones para su prestación, llevó a cabo mediante Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, un encargo a la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre (en adelante, FNMT RCM, EPE, MP), que se encuentra publicado en Plataforma de Contratación del Sector Público, para la prestación de servicios técnicos y de seguridad aplicables a la certificación y firma electrónica en el ámbito de la administración electrónica.
Tras haberse creado el mencionado sello electrónico denominado Sello electrónico de la Dirección General de Cooperativas y Economía Social y antes de proceder a su solicitud, se detectó que dicha denominación no cuenta con el requisito técnico de que el campo CN (Common Name) de los certificados digitales debe tener un límite de 64 caracteres, exigido por la FNMT RCM, EPE, MP, de conformidad con la RFC 5280, que define los estándares para los certificados X.509.
Por lo expuesto, al amparo de lo establecido en los artículos 40 y siguientes de la LRJSP, así como lo regulado en el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con los requisitos técnicos necesarios exigidos por la FNMT RCM, EPE, MP, y en el ejercicio de las facultades que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Modificar la denominación de la Resolución de 8 de julio de 2025, del Consejero, por la que se crea el sello electrónico Sello electrónico de la Dirección General de Cooperativas y Economía Social para su utilización por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, que pasa a titularse de la siguiente manera:
Resolución de 8 de julio de 2025, del Consejero, por la que se crea el sello electrónico Sello electrónico Dir. Gral. de Cooperativas y Economía Social .
Segundo. Modificar el resuelvo primero de la Resolución de 8 de julio de 2025, del Consejero, por la que se crea el sello electrónico Sello electrónico de la Dirección General de Cooperativas y Economía Social para su utilización por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, que queda redactado en los siguientes términos:
Primero. La creación del sello electrónico denominado Sello electrónico Dir. Gral. de Cooperativas y Economía Social :
a) La responsabilidad de su utilización corresponderá a la Dirección General de Cooperativas y Economía Social de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
b) Las características técnicas generales del sistema de firma y certificado aplicable serán las derivadas del Esquema Nacional de Interoperabilidad, aprobado por el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, y de la Política de Firma Electrónica y Certificados de la Administración General del Estado, y más concretamente las que constan en la Declaración de Prácticas del Correspondiente emisor del certificado como prestador cualificado de servicios electrónicos de confianza.
La verificación del certificado podrá realizarse a través del servicio VALIDe de la plataforma de validación de certificados de la Administración General del Estado, que estará accesible desde la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura y la futura sede electrónica asociada. No obstante, se podrá acceder directamente al citado servicio en la siguiente dirección electrónica: https://valide.redsara.es/valide .
Tercero. La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 12 de agosto de 2025.
El Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital,
GUILLERMO SANTAMARÍA GALDÓN