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MODIFICACIÓN del Extracto de la Resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa "Bono Alquiler Joven", correspondiente a las anualidades 2025 y 2026, y Anuncio de terminación del plazo de vigencia de dicha convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes.
DOE Número: 163
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 25 de agosto de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Vivienda. Subvenciones.
Página Inicio: 46962
Página Fin: 46963
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 844492
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 132, de fecha 10 de julio de 2025, el Extracto de la Resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa Bono Alquiler Joven , correspondiente a las anualidades 2025 y 2026, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/844492
De conformidad con lo dispuesto en el apartado primero del resuelvo quinto de la Resolución de 25 de junio de 2025 (resolución de convocatoria), el plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de tres meses, a contar desde la fecha en que surta efectos la presente convocatoria de conformidad con el resuelvo décimo; no admitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo .
Por otro lado, el párrafo primero del apartado 5 del Extracto de la Resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa Bono Alquiler Joven , correspondiente a las anualidades 2025 y 2026, establece: El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de tres meses, a contar desde la fecha en que surta efectos la convocatoria; no admitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo .
En virtud de cuanto antecede, teniendo en cuenta que la estimación de las solicitudes de subvención hasta ahora presentadas conllevaría el agotamiento del crédito vinculado en la convocatoria de las ayudas estatales del programa Bono Alquiler Joven , correspondiente a las anualidades 2025 y 2026,
ACUERDO:
1. Anunciar la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes de reconocimiento de las ayudas estatales del programa Bono Alquiler Joven , convocadas mediante resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa Bono Alquiler Joven , correspondiente a las anualidades 2025 y 2026, debiendo procederse a publicar el presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.
2. Modificar el párrafo primero del apartado 5 del Extracto de la resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa Bono Alquiler Joven , correspondiente a las anualidades 2025 y 2026, cuyo literal debe quedar como sigue:
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día en que se publique en el Diario Oficial de Extremadura el anuncio de la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria, a los efectos de presentación de solicitudes de reconocimiento de subvenciones. No se admitirán a trámite las solicitudes que se presenten con posterioridad .
Mérida, 7 de agosto de 2025.
El Director General de Movilidad y Transporte,
PS, Resolución del Consejero de 17 de junio de 2025 (DOE número 120, de 24 de junio de 2025),
CRISTÓBAL MAZA OLIVERA
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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