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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 24 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa de concesión de una subvención directa al amparo del Decreto 67/2025, de 1 de julio, por el que se regula de forma singular la concesión directa de subvenciones para que se destinen a la adquisición de sistemas digitales interactivos a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el equipamiento de aulas digitales, dentro de las actuaciones del programa para la digitalización del sistema educativo en el marco del Componente 19 "Plan Nacional de Capacidades Digitales" del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea a través del programa Next Generation EU al Colegio Santa María Asunta.
DOE Número: 168
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 01 de septiembre de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Rango: CORRECCIÓN
Descriptores: Digitalización. Subvenciones.
Página Inicio: 47840
Página Fin: 47841
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Advertido error en la Resolución de 24 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa de concesión de una subvención directa al amparo del Decreto 67/2025, de 1 de julio, por el que se regula de forma singular la concesión directa de subvenciones para que se destinen a la adquisición de sistemas digitales interactivos a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el equipamiento de aulas digitales, dentro de las actuaciones del Programa para la digitalización del sistema educativo en el marco del Componente 19 Plan Nacional de Capacidades Digitales del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea a través del programa Next Generation EU al Colegio Santa María Asunt (DOE n.º 156, de 13 de agosto de 2025), se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En el sumario y en la página 45907, en el título de la resolución,
Donde dice: Colegio Santa María Asunta .
Debe decir: Colegio Santa María Assumpta .
En la página 45907, en el apartado primero de los antecedentes de hecho.
Donde dice:
Código Centro NIF Denominación Titular NIF titular Importe N.º de equipos
6000757 F06684757 Colegio Santa María Asunta La Compañía, Sdad. Coop. F06684757 87.836,32 € 26
Debe decir:
Código Centro NIF Denominación Titular NIF titular Importe N.º de equipos
6000757 F06684757 Colegio Santa María Assumpta La Compañía, Sdad. Coop. F06684757 87.836,32 € 26
En la página 45909, en el apartado primero de la Resolución.
Donde dice:
Código Centro NIF N.º IC* Denominación Titular NIF titular N.º de SDI
6000757 F06684757 2000012734 Colegio Santa María Asunta La Compañía, Sdad. Coop. F06684757 26
Debe decir:
Código Centro NIF N.º IC* Denominación Titular NIF titular N.º de SDI
6000757 F06684757 2000012734 Colegio Santa María Assumpta La Compañía, Sdad. Coop. F06684757 26
Mérida, 26 de agosto de 2025.
El Director General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa,
(DOE núm. 217, de 7 de noviembre),
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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