RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se procede a la ejecución material de la sentencia n.º 650/2024, de 6 de noviembre, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el procedimiento ordinario n.º 120/2024.
TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente (DOE n.º 52, de 16 de marzo), se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, por el sistema de concurso-oposición, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y Artes Escénicas.
Por Resolución de 22 de julio de 2023, de la Dirección General de Personal Docente (DOE n.º 141, de 24 de julio), se dio publicidad a las listas definitivas de personas seleccionadas en los procedimientos selectivos convocados por la resolución anterior.
Con fecha 6 de noviembre de 2024, se dictó la sentencia n.º 650/2024, por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el procedimiento ordinario n.º 120/2024, por la que se estima el recurso contencioso-administrativo presentado a instancias de D.ª Sara Hidalgo Quintana, contra la Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, desestimatoria del recurso de alzada formulado contra la lista definitiva de personas seleccionadas.
En el fallo de la sentencia se dispone, entre otros, haber lugar al siguiente pronunciamiento:
Retrotraer las actuaciones sólo respecto de D.ª Sara Hidalgo Quintana a efectos de que el Tribunal calificador corrija la primera parte del primer ejercicio, continuando con el proceso selectivo en caso de aprobar dicha prueba. En el supuesto de no hacerlo, se la incluirá, en caso de que resulte procedente, en las listas de espera de sustituciones con los correspondientes efectos legales desde la fecha en la que finalizó dicho proceso .
En ejecución de citado fallo, con fecha 26 de junio de 2025, se reunió el Tribunal n.º 1 de la Especialidad Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Ortoprotésico, designado por Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente (DOE n.º 101, de 29 de mayo de 2023), por la que se hace pública la composición definitiva de los Tribunales que han de juzgar los procedimientos selectivos para ingreso en los cuerpos docentes no universitarios correspondientes al año 2023, para corregir la parte 1.A de la primera prueba de la aspirante Sara Hidalgo Quintana, cuya calificación fue publicada el 7 de julio de 2025 en el Portal PROFEX (http://profex.educarex.es ).
Como consecuencia del resultado de dicha prueba, la aspirante debe ingresar en la lista supletoria de la citada Especialidad, constituida por Resolución de 27 de julio de 2023, de la Consejera (DOE n.º 145, de 28 de julio de 2023), al cumplir los requisitos establecidos en la base XLVIII de la convocatoria aludida en el párrafo primero.
El artículo 103.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, dispone de forma literal que las partes están obligadas a cumplir las sentencias en la forma y términos que en éstas se consignen .
El artículo 40.1 del Decreto 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura, establece: Corresponde la ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional en los casos que legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado .
El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el órgano competente realizará las actuaciones necesarias para llevar a cabo la ejecución de la resolución judicial, dictando la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.
Por tanto, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Dirección General de Personal Docente,
RESUELVE:
Primero. Declarar incluida en la lista supletoria de la Especialidad de Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Ortoprotésico, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, constituida por Resolución de 27 de julio de 2023, de la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional (DOE n.º 145, de 28 de julio de 2023), en ejecución de la sentencia n.º 650/2024, de 6 de noviembre, del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, a la aspirante que se relaciona, con la puntuación y número de orden que se indica:
Cuerpo: 590 - Profesores de Enseñanza Secundaria.
Especialidad: 219 Procedimientos Diagnóstico Clín. y Orto.
HIDALGO QUINTANA SARA
***9021**
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Apdo. 1: 0,0263
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Apdo. 2: 0,6938
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Apdo. 3:
2,1602
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BAREMO: 2,8803
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DISCAP.: N
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1.1:
1.2:
1.3:
1.4:
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0,0000
0,0263
0,0000
0,0000
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Año oposiciones:
2023
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3.1: 0,3612
3.2: 0,6250
3.3: 1,0000
3.4: 0,1740
3.5: 0,0000
3.6: 0,0000
3.7: 0,0000
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N.° de orden:
3
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Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Tercero. En relación con las cuestiones que se deriven de la presente resolución, podrán las personas interesadas promover el incidente que, en relación con la ejecución de sentencias, se previene en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Mérida, 27 de agosto de 2025.
El Director General de Personal Docente,
PD, Resolución de 9 de agosto de 2023
(DOE n.º 156, de 14 de agosto),
DAVID MORENO REGO