RESOLUCIÓN de 26 de agosto de 2025, del Rector, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario de Administración y Servicios (Jefaturas de Negociados y Unidades equivalentes).
DOE Número: 170
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 03 de septiembre de 2025
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Concurso de méritos.
Página Inicio: 47973
Página Fin: 47975
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TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de 21 de mayo de 2025 (DOE núm. 103, de 30 de mayo), se procedió a la convocatoria de concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario de Administración y Servicios (Jefaturas de Negociados y Unidades equivalentes).
Vista la propuesta formulada por la Comisión establecida para la valoración de los méritos, este Rectorado, conforme a lo dispuesto en la base novena del concurso, y con arreglo a las competencias que le atribuye el artículo 93 de los Estatutos de la Universidad de Extremadura (Decreto 65/2003, de 8 de mayo),
RESUELVE:
Primero. Adjudicar los puestos de trabajo convocados, conforme se determina en anexo a esta resolución.
Segundo. El plazo de posesión del destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia o de diez días hábiles si comporta cambio de residencia, que deberá justificarse.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Badajoz, 26 de agosto de 2025.
El Rector,
PEDRO MARÍA FERNÁNDEZ SALGUERO