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ANUNCIO de 3 de septiembre de 2025 por el que se da publicidad a las ayudas al alquiler concedidas en el año 2024 por la Comunidad Autónoma de Extremadura, dentro del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, al amparo del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
DOE Número: 174
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 10 de septiembre de 2025
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Vivienda. Ayudas.
Página Inicio: 48825
Página Fin: 48846
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
El Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, regula los diferentes programas de ayudas que se establecen en el Plan Estatal de acceso a la vivienda 2022-2025.
Las bases reguladoras de dichas subvenciones son las establecidas en la Orden de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, de 13 de septiembre de 2022, por el que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones contempladas en el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 15 de dichas bases, dispone que las subvenciones concedidas se publicarán en Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario al que se imputen, e identificando al beneficiario, la cantidad concedida, y la finalidad o finalidades de las subvenciones concedida. La publicación se efectuará en el Diario Oficial de Extremadura cuando las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía igual o superior a 3.000 euros.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención cuando los importes de estas, individualmente considerados, sean de cuantía igual o superior a los 3.000 euros. En este caso procede publicar las ayudas concedidas en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024.
Igualmente, el artículo 15 de las bases exceptúa de esta publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo establecido en la letra d) del apartado 2 del artículo 17 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, al programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, y al programa de ayudas a los arrendatarios en situación de vulnerabilidad sobrevenida.
En virtud de lo dispuesto se procede a:
1. Dar publicidad, en el anexo, a las subvenciones concedidas a las personas beneficiarias de las ayudas estatales del Programa de ayuda al alquiler de vivienda, aprobadas por la resolución de 7 de octubre de 2022, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones estatales del Programa de ayuda al alquiler de vivienda para los ejercicios 2022 y 2023.
La financiación de estas ayudas se ha realizado con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria: centro gestor 160020000, posición presupuestaria G/261A/48000, fondo TE26003001 y proyecto de gasto 20220412 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. El resto de los beneficiarios a los que se les conceden ayudas al alquiler al amparo del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, que regula los diferentes programas de ayudas que se establecen en el Plan Estatal de acceso a la vivienda 2022-2025, en cuantía inferior a 3.000 euros, aparecen publicados en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/concesiones .
Mérida, 3 de septiembre de 2025. La Secretaria General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana, LIDIA LÓPEZ PANIAGUA.
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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