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EXTRACTO de la convocatoria del Decreto 112/2025, de 2 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo y solidaridad internacional por la que se convocan subvenciones a Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo tramitadas por el procedimiento de concesión directa a través de convocatoria abierta para el año 2025.
DOE Número: 181
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 19 de septiembre de 2025
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Cooperación para el Desarrollo. Ayudas.
Página Inicio: 50198
Página Fin: 50200
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):856993
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE (https://doe.juntaex.es ).
Primero. Beneficiarios.
Podrán tener acceso a la condición de entidades beneficiarias de esta línea de subvenciones cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 4 del Decreto 112/2025, de 2 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo y solidaridad internacional:
1. Las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo y otras entidades privadas sin ánimo de lucro residentes en la Unión Europea.
2. Las cooperativas y empresas, incluidas las de economía social, siempre que:
a) No tengan ánimo de lucro en la ejecución de actividades relacionadas con la cooperación internacional para el desarrollo.
b) Estén en agrupación con una o varias ONGD y lideradas por estas, para desarrollar acciones y actividades encaminadas a la promoción de prácticas de responsabilidad social empresarial conforme a la definición, principios y objetivos establecidos en la Ley 15/2010, de 9 de diciembre, de responsabilidad social empresarial en Extremadura.
3. Los Organismos Internacionales sin ánimo de lucro, las Universidades y las entidades dependientes o vinculadas de la Junta de Extremadura o de las Entidades Locales de Extremadura con personalidad jurídica propia y presupuesto diferenciado.
4. Las Administraciones Públicas de los países socios y las entidades privadas sin ánimo de lucro de los mismos, así como sus agrupaciones sin personalidad jurídica con las obligaciones y requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 10 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. Las agrupaciones sin personalidad jurídica de las entidades anteriores, con las obligaciones y requisitos previstos por el apartado 3 del artículo 10 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, que cumplan asimismo con los requisitos establecidos en el artículo 46.4 del Decreto 112/2025, de 2 de septiembre.
Segundo. Objeto.
Estas ayudas tienen como finalidad contribuir al desarrollo humano y sostenible de la población de los países socios, proyectos de sensibilización, proyectos y acciones de formación, investigación y asistencias técnicas vinculados a los objetivos y ámbitos estratégicos establecidos en el Plan General de la Cooperación Extremeña.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 112/2025, de 2 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo y solidaridad internacional.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía de la subvención concedida para la financiación de estos proyectos será la solicitada por la entidad que podrá alcanzar el 100% del coste total del proyecto solicitado, teniendo en cuenta que la cantidad solicitada a la AEXCID no podrá exceder de los 260.000 euros de manera individual y 280.000 euros en el caso de agrupaciones de entidades.
En esta convocatoria sólo se financiarán proyectos de una duración máxima de 12 meses.
El presupuesto destinado a la convocatoria, que se financiará con fondos de la Comunidad Autónoma (CA), asciende a la cantidad de 1.577.627,60 € con cargo al proyecto de gasto 20090027 Acciones para la cooperación internacional para el desarrollo de los vigentes Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el siguiente desglose presupuestario.
Proyecto 220070000, Aplicación presupuestaria G/252C/43200: 150.302,60 €.
Proyecto 220070000, Aplicación presupuestaria G/252C/44000: 350.000,00 €.
Proyecto 220070000, Aplicación presupuestaria G/252C/47000: 100,00 €.
Proyecto 220070000, Aplicación presupuestaria G/252C/48000: 800.000,00 €.
Proyecto 220070000, Aplicación presupuestaria G/252C/49000: 77.000,00 €.
Proyecto 220070000, Aplicación presupuestaria G/252C/73200: 100,00 €.
Proyecto 220070000, Aplicación presupuestaria G/252C/74000: 100,00 €.
Proyecto 220070000, Aplicación presupuestaria G/252C/78000: 200.000,00 €.
Proyecto 220070000, Aplicación presupuestaria G/252C/79000: 25,00 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será hasta el 30 de noviembre de 2025 a contar desde el día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la convocatoria y de este extracto, previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se remitirá desde la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente DOE junto con la convocatoria. También estarán disponibles para su descarga por los interesados en el siguiente enlace: https://www.juntaex.es/w/4075
Mérida, 9 de septiembre de 2025.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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