EXTRACTO de la convocatoria del Decreto 112/2025, de 2 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo y solidaridad internacional por la que se convocan subvenciones a Proyectos para Acciones Humanitarias tramitadas por el procedimiento de concesión directa a través de convocatoria abierta para el año 2025.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):856994
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE (https://doe.juntaex.es ).
Primero. Beneficiarios.
Podrán tener acceso a la condición de entidades beneficiarias de esta línea de subvenciones cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 4 del Decreto 112/2025, de 2 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo y solidaridad internacional:
1. Las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo y otras entidades privadas sin ánimo de lucro residentes en la Unión Europea, así como sus agrupaciones sin personalidad jurídica con las obligaciones y requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 10 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
2. Los Organismos Internacionales sin ánimo de lucro, la Administración del Estado, las Universidades Públicas y las Entidades dependientes o vinculadas a la Junta de Extremadura o a las Entidades Locales de Extremadura con personalidad jurídica propia y presupuesto diferenciado.
3. Las agrupaciones sin personalidad jurídica de las entidades anteriores, con las obligaciones y requisitos previstos por el apartado 3 del artículo 10 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, que cumplan asimismo con los requisitos establecidos en el artículo 54.3 del Decreto 112/2025, de 2 de septiembre.
Segundo. Objeto.
Tienen por objeto la financiación de proyectos en materia de Acción Humanitaria en sus diferentes dimensiones atendiendo a su finalidad:
a) Prevención: prever, anticipar, predecir y prepararse ante eventuales desastres, incrementar la capacidad de respuesta ante los mismos y evitar la emergencia o agravamiento de un conflicto y de sus consecuencias para la población civil en caso de que ya se haya manifestado.
b) Emergencia: atender mediante acciones de asistencia, protección e incidencia a las víctimas de los desastres, ya sean naturales o causados por el ser humano como los conflictos armados, y de sus consecuencias directas, orientadas a aliviar el sufrimiento, garantizar la subsistencia y proteger los derechos.
c) Post emergencias y crisis prolongadas: suministrar la asistencia necesaria ante situaciones de desastres naturales o causados por el ser humano, para atender la rehabilitación temprana de poblaciones en situaciones inmediatamente posterior a desastres y a las poblaciones afectadas por crisis crónicas.
De igual modo, quedan englobadas las cuotas y contribuciones, de naturaleza excepcional, a favor de organismos nacionales e internacionales, para hacer frente a situaciones de crisis humanitarias.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 112/2025, de 2 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo y solidaridad internacional.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía de la subvención concedida para la financiación de estos proyectos será la solicitada por la entidad que podrá alcanzar el 100% del coste total del proyecto solicitado, teniendo en cuenta que la cantidad solicitada a la AEXCID no podrá exceder de los 200.000 euros de manera individual y 210.000 euros en el caso de agrupaciones de entidades.
El presupuesto destinado a la convocatoria, que se financiará con fondos de la Comunidad Autónoma (CA), asciende a la cantidad de 1.000.050 € con cargo al proyecto de gasto 20090027 Acciones para la cooperación internacional para el desarrollo de los vigentes Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el siguiente desglose presupuestario.
Proyecto 220070000, Aplicación presupuestaria G/252C/48000: 800.000,00 €.
Proyecto 220070000, Aplicación presupuestaria G/252C/49000: 200.000,00 €.
Proyecto 220070000, Aplicación presupuestaria G/252C/78000: 25,00 €.
Proyecto 220070000, Aplicación presupuestaria G/252C/79000: 25,00 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será hasta el 30 de noviembre de 2025 a contar desde el día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la convocatoria y de este extracto, previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se remitirá desde la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente DOE junto con la convocatoria. También estarán disponibles para su descarga por los interesados en el siguiente enlace: https://www.juntaex.es/w/0630522 .
Mérida, 9 de septiembre de 2025.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL