EXTRACTO de la convocatoria incorporada en el Decreto 125/2025, de 9 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la presencia de grandes empresas extremeñas en ferias internacionales y se aprueba la primera convocatoria correspondiente a los ejercicios 2025-2026.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):857955
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Entidades beneficiarias.
1. Podrán acogerse a estas ayudas las personas físicas y jurídicas tengan consideración de gran empresa y que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Quedan excluidas de estas ayudas las comunidades de bienes y, demás entidades y agrupaciones sin personalidad jurídica.
2. Las personas o entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Deberán desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación o de producción, así como de comercio al por mayor y de servicios.
b) Deberán tener la consideración de gran empresa de acuerdo con la definición establecida en el artículo 5.
Segundo. Objeto.
Ayudas dirigidas a las grandes empresas extremeñas que reúnan los requisitos, para la participación en ferias internacionales, con el fin de incentivar la presencia de estas en mercados exteriores, y aprobar la primera convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 125/2025, de 9 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la presencia de grandes empresas extremeñas en ferias internacionales y se aprueba la primera convocatoria correspondiente a los ejercicios 2025-2026.
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas consistirán con carácter general en una subvención del 60% de los gastos elegibles, en el caso de empresas que durante la anualidad anterior a la convocatoria hayan exportado a Estados Unidos, se le aplicará un 75% subvención sobre los gastos elegibles.
Asimismo, el importe máximo de ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario por expediente no podrá exceder de 30.000 euros.
En cualquier caso, la inversión mínima subvencionable deberá alcanzar la cantidad de 5.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda se iniciará a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y finalizará el 31 de julio de 2026, o en su caso hasta el agotamiento del crédito presupuestario.
La solicitud y documentación necesaria se presentará a través de Sede Electrónica Asociada mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0721225 .
Sexto. Financiación.
La cuantía total de la presente convocatoria de ayudas tiene carácter plurianual y asciende a 450.000 euros distribuidos en dos anualidades, siendo el importe asignado para la anualidad 2025 de 180.000 euros, y el importe asignado para la anualidad 2026 de 270.000 euros, asimismo, esta convocatoria se encuentra financiada con fondos propios de la Comunidad Autónoma. El coste de las ayudas será imputado a la aplicación presupuestaria 14003 341A 77000 y proyecto de gasto 20240358 denominado Ayudas Ferias Comerciales Grandes Empresas
Mérida, 16 de septiembre de 2025.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN