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ANUNCIO de 21 de septiembre de 2025 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de legalización de matadero, sala de despiece y fábrica destinada a la elaboración, transformación y distribución de productos cárnicos, solicitado por Secadero de Jamones y Embutidos El Cruce, SL, en el término municipal de Torrecillas de la Tiesa.
DOE Número: 186
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 26 de septiembre de 2025
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 51630
Página Fin: 51635
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto- ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU), del proyecto de legalización de matadero, sala de despiece y fábrica destinada a la elaboración, transformación y distribución de productos cárnicos, solicitado por Secadero de Jamones y Embutidos El Cruce, SL, en el término municipal de Torrecillas de la Tiesa, podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, avenida Valhondo, s/n., Módulo II, 2.ª planta de Mérida.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 7.1 Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
— Categoría Ley 16/2015:
El complejo industrial está incluido en la categoría 3.1 del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativa a Instalaciones para mataderos con una capacidad de producción de canales igual o inferior a 50 toneladas por día .
— Actividad:
La actividad que se desarrolla en la industria es la propia de un matadero. Esta actividad contará con una capacidad de producción de canales de cerdo cuyo destino es la expedición (sin pasar por la sala de despiece) de 20 Tn/día y una capacidad de producción de productos preparados cárnicos y embutidos de 3,88 Tn/día.
Por las características de la industria, la producción máxima diaria de las instalaciones será de 23,88 Tn/día de producto acabado.
— Ubicación:
La industria cárnica se ubica en las parcelas 1 y 41 del polígono 21 del término municipal de Torrecillas de la Tiesa.
— Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
Las edificaciones existentes en la industria cárnica son:
Por lo tanto, las superficies totales de las instalaciones son:
Los equipos e instalaciones principales existentes en la industria son:
— Cámara de conservación de canales de porcino.
— Cámara de oreo de canales de porcino.
— Cámara de conservación de despiezados.
— Cámara de golpe de frío.
— Cámara de despiece magros.
— Cámara de recepción de canales de ternera.
— Cámara de salazón de jamones y paletas.
— Cámara de descongelación de productos congelados.
— Amasadora.
— Picadora.
— Bombo de maceración.
— Embuchadora.
— Embutidora.
— Grapadoras.
— Mesas de trabajo.
— Depuradora de aguas residuales.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Mérida, 21 de septiembre de 2025. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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