CORRECCIÓN de errores del Extracto de la convocatoria del Decreto 112/2025, de 2 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo y solidaridad internacional por la que se convocan subvenciones a Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo tramitadas por el procedimiento de concurrencia competitiva para el año 2025.
DOE Número: 190
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 02 de octubre de 2025
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: CORRECCIÓN
Descriptores: Cooperación para el Desarrollo. Ayudas.
Página Inicio: 52415
Página Fin: 52416
Otros formatos:
TEXTO ORIGINAL
BDNS (Identif.): 856991
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/856991 ).
Advertido error material en el Extracto de la convocatoria del Decreto 112/2025, de 2 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo y solidaridad internacional por la que se convocan subvenciones a Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo tramitadas por el procedimiento de concurrencia competitiva para el año 2025 (DOE núm. 181, de 19 de septiembre de 2025) se procede a su oportuna rectificación en los términos que a continuación se indican:
En la página 50195:
Donde dice:
Cuarto. Cuantía.
La cuantía de la subvención concedida para la financiación de estos proyectos será la solicitada por la entidad que podrá alcanzar el 100% del coste total del proyecto solicitado, teniendo en cuenta que la cantidad solicitada a la AEXCID no podrá exceder de los 260.000 euros de manera individual y 290.000 euros en el caso de agrupaciones de entidades.
( ) .
Debe decir:
Cuarto. Cuantía.
La cuantía de la subvención concedida para la financiación de estos proyectos será la solicitada por la entidad que podrá alcanzar el 100% del coste total del proyecto solicitado, teniendo en cuenta que la cantidad solicitada a la AEXCID no podrá exceder de 190.000 euros de manera individual y 220.000 euros en el caso de agrupaciones de entidades.
No obstante, las cantidades anteriores podrán ser aumentadas hasta el límite máximo de 260.000 euros, para el caso de solicitud individual y 290.000 euros, para el caso de solicitud en agrupación, cuando las entidades beneficiarias cofinancien una parte del proyecto en las siguientes condiciones:
— Realizar una aportación mínima del 5% del importe de la subvención solicitada.
— Dichas aportaciones deberán ser íntegramente dinerarias y se destinarán exclusivamente a la financiación de gastos directos asociados al proyecto.
( )
Mérida, 26 de septiembre de 2025.
El Secretario General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social,
DAVID GONZÁLEZ GIL