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ANUNCIO de 20 de enero de 2025 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de "Mejora y modernización de las infraestructuras de riego de la Zona Regable Docenario", en el término municipal de Zalamea de la Serena (Badajoz). Expte.: IA24/0783.
DOE Número: 19
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 29 de enero de 2025
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 6056
Página Fin: 6057
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que el estudio de impacto ambiental del proyecto Mejora y modernización de las infraestructuras de riego en la Zona Regable Docenario , en el término municipal de Zalamea de la Serena (Badajoz), podrá ser examinado, durante un plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en la sede electrónica del órgano ambiental:
http://extremambiente.juntaex.es/EvaluacióndeImpactoAmbientaldeProyectos/EvaluaciónAmbientalOrdinaria/
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Dicho proyecto se encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluido anexo I, grupo 1, punto c), del Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, por el que se modifican los anexos I, II y III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
El proyecto consiste en la instalación de una tubería de PEAD de 500mm de diámetro en la acequia principal, en la instalación de un caudalímetro en la tubería, la instalación de contadores en 6 tomas de la tubería principal y en el desbroce de 1,5 m de ancho a cada lado de las acequias secundarias, en unos terrenos dedicados al cultivo de pradera/alfalfa, maíz, cereales de invierno, olivar y huertos, estando dentro del espacio de la Red Natura 2000 Zona ZEC Río Ortiga .
El agua necesaria para el riego de la zona de actuación planteada provendrá de una solicitud de concesión de aguas superficiales Conc. 27/19, mediante una captación del río Ortiga en la presa de Zalamea, y desde la que parte una acequia principal de hormigón con una longitud de 4,34 km que conduce las aguas hasta una red de acequias secundarias que las distribuyen por los diferentes sectores de riego. El periodo de riego previsto es de mayo a septiembre, ambos incluidos.
La superficie que se regará con estas actuaciones abarca un total de 251,0557 ha y la dotación que se aplica, según la concesión de la que disponen, es de 1.729 m³/ha/año.
El promotor del proyecto es el Servicio de Regadío de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural de la Junta de Extremadura.
El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Guadiana. Por otra parte, a la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, de la Junta de Extremadura, le corresponde la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de competencias propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 16/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos.
El órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Así mismo, la declaración de impacto ambiental producirá en sus propios términos los efectos de la calificación rústica, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles sobre los que pretende implantarse la actividad, por disponerlo así el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 20 de enero de 2025. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.

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