ORDEN de 8 de octubre de 2025 por la que se nombran funcionarios/as de carrera a las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas convocadas por Orden de 13 de abril de 2023, para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Junta de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
Por Orden de 26 de agosto de 2025 (Diario Oficial de Extremadura número 169, de 2 de septiembre), fueron nombrados funcionarios/as en prácticas las personas aspirantes que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden de 13 de abril de 2023, para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Superior de Letrados de la Junta de Extremadura.
En la misma orden se hizo público el destino adjudicado a las personas aspirantes aprobadas a efectos de su desempeño una vez sean nombrados funcionarios/as de carrera.
Una vez realizado el periodo de prácticas previsto en la base décima de la citada convocatoria y vistos los informes emitidos por la Secretaría General de la Consejería correspondiente, procede el nombramiento como funcionarios/as de carrera del Cuerpo Superior de Letrados de la Junta de Extremadura, a los funcionarios en prácticas que han superado el mismo con la calificación de apto.
Visto que el expediente instruido al efecto queda acreditado el cumplimiento de las normas reglamentarias y verificado que por parta de las personas aspirantes se cumplen los requisitos y especificaciones exigidas en la convocatoria, esta Consejería de Hacienda y Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en la base undécima de la orden de convocatoria, en el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el apartado m) del artículo 3 del Decreto 4/1990, de 23 de enero, de atribución de competencias en materia de personal,
DISPONE:
Primero. Nombrar funcionarios/as de carrera del Cuerpo Superior de Letrados de la Junta de Extremadura a las personas funcionarias en prácticas que, por haber superado el respectivo periodo de prácticas, se relacionan en el anexo a la presente orden, con expresión de los destinos adjudicados.
Segundo. Para adquirir la condición de funcionario/a de carrera deberán acatar la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía y el resto del ordenamiento jurídico conforme a lo previsto en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, así como tomar posesión de su destino el día siguiente hábil al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Tercero. Las personas aspirantes nombradas deberán aportar en el momento de la toma de posesión la declaración a que se refiere el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, o la opción o solicitud de compatibilidad previstos en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Contra la presente orden que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo previsto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, así como cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 8 de octubre de 2025.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
PD, Resolución de 10 de agosto de 2023 (DOE n.º 156, de 14 de agosto).
El Director General de Función Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO