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RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se resuelve la concesión de ayudas destinadas al desarrollo de programas formativos específicos de Formación Profesional de Grado Básico en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026 en la modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral, y para los cursos 2025/2026 y 2026/2027 en la modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales.
DOE Número: 198
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 15 de octubre de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Programas de Formación Profesional Básica. Ayudas.
Página Inicio: 55563
Página Fin: 55566
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el desarrollo de programas formativos específicos de Formación Profesional de Grado Básico en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026 en la modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral, y para los cursos 2025/2026 y 2026/2027 en la modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales (DOE n.º 110, de 10 de junio de 2025), a tenor de lo dispuesto en el resuelvo decimoquinto y a la vista del informe de la Comisión de Selección, en uso de las atribuciones que tengo concedidas,
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas que se especifican en el anexo I por un importe total de 504.750,00 euros:
Anualidad 2025:
a) Para desarrollar la modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral por parte de mancomunidades de municipios, se destina un importe de 60.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130030000/G/222B/46000/ CAG0000001/20150216.
b) Para desarrollar la modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral por parte de las entidades enumeradas en el resuelvo 2.1.b) de la resolución de convocatoria, se destina un importe total de 44.400 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130030000/G/222B/48000/CAG0000001/20150216.
c) Para desarrollar la modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales por parte de las entidades enumeradas en el resuelvo 2.1.b) de la resolución de convocatoria, se destina un importe total de 147.975 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130030000/G/222B/48000/ CAG0000001/20150216.
Anualidad 2026:
a) Para desarrollar la modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral por parte de mancomunidades de municipios, se destina un importe de 60.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130030000/G/222B/46000/ CAG0000001/20150216.
b) Para desarrollar la modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral por parte de las entidades enumeradas en el resuelvo 2.1.b) de la resolución de convocatoria, se destina un importe total de 44.400 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130030000/G/222B/48000/CAG0000001/20150216.
c) Para desarrollar la modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales por parte de las entidades enumeradas en el resuelvo 2.1.b) de la resolución de convocatoria, se destina un importe total de 147.975 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130030000/G/222B/48000/ CAG0000001/20150216.
Segundo. Formar la lista de entidades excluidas en el anexo II, con indicación del motivo de exclusión.
Frente a la presente resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante el órgano que la dicta o ante el titular de la Consejería con competencias en materia de educación, siendo competente para su resolución este último, en virtud de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. Todo ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 26 de septiembre de 2025.
El Director General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa,
PD, Resolución de 6 de noviembre de 2024 (DOE n.º 217, de 7 de noviembre),
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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