RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se constituye lista de espera del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Junta de Extremadura, correspondiente a las pruebas selectivas convocadas por Orden de 13 de abril de 2023.
TEXTO ORIGINAL
Por Orden de 13 de abril de 2023 (DOE n.º 73, de 18 de abril) se convocaron pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Superior de Letrados de la Junta de Extremadura.
El artículo 29 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece que finalizadas las pruebas selectivas para el ingreso en los Cuerpos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las Categorías Profesionales del Convenio Colectivo en vigor, se constituirá, por cada uno de los Cuerpos y Especialidades y por cada una de las Categorías y Especialidades, respectivamente, una lista de espera con las personas aspirantes que sin haber superado las correspondientes pruebas selectivas, hayan aprobado al menos el primer ejercicio.
De conformidad con lo anterior, la base duodécima de la citada orden establece que para la constitución de listas de espera, cuyo procedimiento se regula en el título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura con los/as aspirantes que no superen el proceso de selección, solo se considerará la puntuación obtenida en la fase de oposición, formando parte de la lista de espera aquellas personas aspirantes que sin haber superado el proceso de selección, hayan aprobado al menos el primer ejercicio de oposición.
Dicha base también señala que la lista de espera constituida sustituirá a cualquier lista de espera anterior del mismo Cuerpo, tendrá carácter provisional y serán sustituidas por las nuevas listas de espera que se constituyan una vez finalizado el proceso selectivo en curso al amparo de lo dispuesto en el artículo 29 anteriormente citado.
En virtud de lo anterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, así como en el Decreto 4/1990, de 23 de enero, de atribución de competencias en materia de personal, esta Dirección General de Función Pública, de acuerdo con la Resolución de 10 de agosto de 2023, de la Consejera, sobre delegación de competencias en los titulares de los órganos directivos de la Consejería,
RESUELVE:
Primero. Constituir lista de espera Cuerpo Superior de Letrados de la Junta de Extremadura por el orden de puntuación obtenida en la fase de oposición de las pruebas selectivas convocadas por Orden de 13 de abril de 2023.
La referida lista se expondrá al público en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura. Asimismo, podrán consultarse en la siguiente dirección de internet: http://www.juntaex.es/temas/trabajo-y-empleo/empleo-publico/buscador-de-empleo-publico desde el mismo día de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Segundo.
1. La ordenación de la misma resulta de aplicar los siguientes criterios:
1.º Mayor número de ejercicios aprobados.
2.º Mayor puntuación en la suma de los ejercicios aprobados.
3.º En los supuestos de empate, el orden de prelación comenzará por la letra G resultante del sorteo público celebrado en cumplimiento del artículo 29 del mencionado Reglamento General de Ingreso, publicado mediante Resolución de 16 de marzo de 2023 (DOE n.º 54, de 20 de marzo).
2. La lista de espera constituida se instrumentará de acuerdo con los criterios de zonificación que se hallen vigentes, de tal modo que dará lugar a listas específicas en cada una de las zonas existentes en función de la petición formulada por cada aspirante en la instancia de participación en las pruebas selectivas.
Tercero. La lista de espera que se constituye mediante la presente resolución, sustituirá a la derivada de la anterior convocatoria de pruebas selectivas, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.8 del Reglamento General de Ingreso, así como, en su caso, a la lista de espera constituida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.4 del citado texto legal.
Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo previsto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, así como cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 8 de octubre de 2025.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
PD, Resolución de 10 de agosto de 2023 (DOE n.º 156 del 14),
El Director General de Función Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO