EXTRACTO de la convocatoria incorporada al Decreto 136/2025, de 23 de septiembre, por el que se establece el régimen de ayudas a la acuicultura en Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 862839
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
El objeto de estas ayudas es el fomento de la competitividad y sostenibilidad del sector de la acuicultura, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y, de acuerdo con ese objeto general, se convocan ayudas para inversiones en obras o equipamiento destinado a la modernización de los centros acuícolas y a las inversiones que favorezcan la automatización y digitalización de procesos.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas las personas físicas y las personas jurídicas, que tengan la calificación de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME), que realicen inversiones destinadas al fomento de la acuicultura y que cumplan los requisitos establecidos en el Decreto 136/2025 y en esta convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Decreto 136/2025, de 23 de septiembre, por el que se establece el régimen de ayudas a la acuicultura en Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.
Cuarto. Financiación y cuantía.
A esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 100.000,00 euros, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se imputará a la anualidad 2025, centro gestor 230020000, aplicación presupuestaria G/354A/77000, fondo FP21020102 y proyecto 20230073.
Esta financiación cuenta con una tasa de cofinanciación del 70 %, con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) 2021-2027, en el marco de la Prioridad 2: Fomentar las actividades sostenibles de acuicultura, así como la transformación y comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura, contribuyendo a la seguridad alimentaria de la unión; Objetivo específico 2.1. Promover actividades acuícolas sostenibles, especialmente reforzando la competitividad de la producción acuícola, garantizando al mismo tiempo que las actividades sean medioambientalmente sostenibles a largo plazo; Tipo de actividad 2.1.2 Inversiones productivas y creación de empresas en la acuicultura y Tipo de intervención 2. Promover las condiciones para unos sectores de la pesca, la acuicultura y la transformación económicamente viables, competitivos y atractivos.
Quinto. Presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ), y se dirigirán a la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural de la Junta de Extremadura.
Las solicitudes de la subvención se ajustarán al modelo normalizado que figura en el anexo I del Decreto 136/2025, de 12 de septiembre, por el que se establece el régimen de ayudas a la acuicultura en Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria, que estará disponible en el punto de acceso general electrónico dentro de la ficha correspondiente al trámite (https://www.juntaex.es/w/0724125 ), y deberán presentarse en la forma indicada en el artículo 10 de dicho decreto, e irán acompañadas de la documentación exigible en el artículo 11 del mismo.
Mérida, 15 de octubre de 2025.
La Secretaria General,
ISABEL GUTIÉRREZ DE LA BARREDA MENA