EXTRACTO de la Resolución de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de las ayudas para la realización de eventos deportivos de especial interés en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2025.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 862221
De conformidad con lo previsto en los artículos 20.8.a) y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/index ) y en este Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades deportivas extremeñas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura que figuren como organizadoras del evento para el que se solicite la ayuda.
Segundo. Objeto.
La resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concesión directa y convocatoria abierta, las ayudas para la realización de eventos deportivos que tengan un especial interés para la Comunidad Autónoma de Extremadura que se realicen durante el año 2025.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 131/2025, de 16 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de eventos deportivos de especial interés en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 182, de 22 de septiembre).
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas se financiarán por importe de 400.000€ con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme al siguiente detalle:
a) 220.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 150040000 G/274A/48000/20050295/CAG0000001, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
b) 180.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 150040000 G/274A/48000/20050295/CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.
Se podrán conceder ayudas hasta que se agote totalmente la dotación prevista inicialmente o la que, en su caso, haya sido ampliada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Si el evento deportivo finalizó con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria de ayudas, el plazo de presentación de la solicitud será de un mes desde el día siguiente al de la publicación de dicha convocatoria y la de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ).
Si el evento deportivo finalizó después de la publicación de la presente convocatoria de ayudas, o el mismo día, el plazo de presentación de la solicitud será de un mes desde el día siguiente al de finalización del evento deportivo.
Sexto. Otros datos.
Se entenderán como eventos deportivos aquellas pruebas deportivas que se celebren en un solo día o en días consecutivos, no teniendo tal consideración ningún conjunto de pruebas disputadas en varias fechas no consecutivas.
Aun cuando puedan figurar como campeonatos diferentes en los calendarios de pruebas de las correspondientes federaciones deportivas, se considerarán como un único evento deportivo aquellas competiciones deportivas de la misma modalidad que se realicen en la misma fecha o en fechas consecutivas.
Quedan excluidos de este régimen de ayudas:
a) Los eventos que formen parte de los Juegos Deportivos Extremeños (JUDEX) o de los Juegos Extremeños del Deporte Especial (JEDES), así como los Campeonatos de Extremadura.
b) Aquellos eventos en los que para todos o para la mayoría de los participantes prima el carácter lúdico o recreativo sobre el deportivo.
Se podrán otorgar ayudas a los eventos que acrediten, al menos, el cumplimiento de uno de los siguientes requisitos:
a) Alta importancia deportiva y repercusión sociocultural del evento. Para que se cumpla este requisito es necesario que el evento esté incluido en el calendario de pruebas de la correspondiente federación deportiva nacional o internacional, según corresponda, y figure en la tabla recogida en el anexo II de esta convocatoria.
b) Alta participación. Para que se cumpla este requisito deberá acreditarse que el evento haya contado, al menos, con la participación del número de deportistas requerido en el anexo V de esta convocatoria para las diversas modalidades y pruebas deportivas que contempla. Para eventos de menos de mil participantes deberán formar parte del calendario de pruebas de la federación deportiva correspondiente.
c) Alto impacto económico. Para que se cumpla este requisito deberá acreditarse que el evento haya contado, al menos, con la participación de cincuenta deportistas de fuera de Extremadura.
d) Alta tradición deportiva. Para que se cumpla este requisito deberá acreditarse que el evento haya contado con, al menos, cuarenta ediciones. Asimismo, la edición del evento para la que se solicita la ayuda deberá tener un contenido básico coincidente con la primera edición y desarrollarse en la misma localidad o comarca. Se contabilizará, como máximo, una edición por temporada deportiva.
Mérida, 8 de octubre de 2025.
El Secretario General,
JOSÉ LUIS GIL SOTO