EXTRACTO de la convocatoria correspondiente al año 2025 de la Resolución de 7 de octubre de 2025, de la Secretaría General, para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla dirigidas a profesionales en ganadería de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 862421
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de las ayudas dirigidas a profesionales en ganadería para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla, cuyo texto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
El objeto es establecer una ayuda para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla dirigidas a profesionales en ganadería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
Segundo. Beneficiarias.
Ostentarán la condición de beneficiarias las personas físicas o jurídicas, titulares de los caballos y/o yeguas que cumplan lo dispuesto en el apartado décimo de la resolución de convocatoria para ser considerados conceptos subvencionables.
Tercero. Bases reguladoras.
Las subvenciones se establecen por las bases reguladoras del Decreto 126/2024, de 8 de octubre, de ayudas para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla dirigidas a profesionales en ganadería de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan ayudas para el ejercicio 2024 (DOE n.º 213, de 31 de octubre de 2024).
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria serán financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 120020000 G/312B/47000 CAG0000001, proyecto 20180106 Actuaciones del Plan Estratégico Equino , con una dotación inicial para la anualidad 2025 de cien mil euros (100.000,00 euros).
Las ayudas están financiadas con cargo a los créditos consignados en la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 26, de 6 de febrero de 2024), prorrogados para el año 2025.
La ayuda consistirá en la percepción económica de 5.000 euros por parte del titular de cada uno de los productos que hayan resultado beneficiarios.
La asignación económica máxima fijada para cada línea de ayuda será de 20.000,00 euros, o la que resulte de añadir el sobrante de otras líneas a estos importes máximos, siempre que se cumpla lo establecido en el artículo 7.3 de las bases reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de ayuda se presentarán en el plazo de 10 días hábiles computados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura y del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Mérida, 7 de octubre de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ