Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2025, del Consejero, de concesión del premio que reconoce la labor realizada por las comunidades extremeñas en el exterior en fomento de la cultura y las tradiciones extremeñas.
DOE Número: 203
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 22 de octubre de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Emigración. Premios.
Página Inicio: 57079
Página Fin: 57084
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Vista la propuesta de concesión de la Dirección General de Acción Exterior de fecha 3 de octubre de 2025, al amparo de la Resolución de 10 de abril de 2024, del Consejero, por la que se regula el premio que reconoce la labor realizada por las comunidades extremeñas en el exterior en fomento de la cultura y las tradiciones extremeñas (DOE núm. 74, de 17 de abril de 2024), se dicta la presente resolución de concesión, de conformidad con los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. El DOE número 74, de 17 de abril de 2024, publicó la Resolución de 10 de abril de 2024, del Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se regula el premio que reconoce la labor realizada por las comunidades extremeñas en el exterior en fomento de la cultura y las tradiciones extremeñas, y se inicia el procedimiento de concesión.
Segundo. El día 30 de septiembre de 2025, tal y como se dispone en la Resolución de 10 de abril de 2024, se constituyó el órgano colegiado encargado de la comprobación del cumplimiento de los requisitos para la concesión del premio, emitiendo el informe preceptivo y vinculante el día 3 de octubre de 2025.
Tercero. Con fecha también de 3 de octubre de 2025, se emite la correspondiente propuesta de concesión por parte del Director General de Acción Exterior.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS:
Primero. La Resolución de 10 de abril de 2024, del Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social, regula el premio que reconoce la labor realizada por las comunidades extremeñas en el exterior en fomento de la cultura y las tradiciones extremeñas, y se inicia el procedimiento de concesión (DOE núm. 74, de 17 de abril de 2024).
El resuelvo séptimo de la citada resolución determina los órganos competentes para la propuesta y resolución de concesión del premio, en los siguientes extremos:
1. La Dirección General de Acción Exterior, órgano competente para la ordenación e instruc­ción del procedimiento de concesión del premio, una vez visto el informe emitido por el órgano colegiado al que se refiere el resuelvo anterior, efectuará la propuesta de concesión del premio.
2. El premio será concedido por resolución de la persona titular de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura. La resolución de concesión será publicada en el Diario Oficial de Extremadura y además será notificada a los interesados .
Segundo. La citada Resolución de 10 de abril de 2024, del Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social establece lo siguiente:
Resuelvo tercero. Procedimiento de concesión.
1. Este premio se concederá de oficio por la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por una sola vez, sin solicitud previa del beneficiario, mediante el procedimiento iniciado por la presente resolución que será publicada en el Diario Oficial de Extremadura.
2. El premio podrá concederse ex aequo a más de una comunidad extremeña en el exterior, en el caso de que exista una pluralidad de entidades que cumplan los requisitos recogidos en el resuelvo cuarto .
Resuelvo cuarto. Requisitos de los premiados.
a) Encontrarse inscritas en el Registro Oficial de comunidades extremeñas en el exterior adscrito a la Dirección General de Acción Exterior con carácter previo a la publicación de la presente resolución.
b) Haber realizado, en los últimos 3 años antes de la publicación de la presente resolución, actividades de carácter cultural, didáctico y divulgativo orientadas a preservar y fomentar la cultura, las costumbres y las tradiciones extremeñas en los lugares en los que estén asentadas .
Resuelvo quinto. El premio.
El premio consistirá en la entrega de un diploma acreditativo y placa o figura conmemorativa para aquellas comunidades extremeñas en el exterior que se haya comprobado que cumplen los requisitos para ser premiadas .
Tercero. En cuanto a la comprobación de los requisitos, el resuelvo sexto de la citada resolución establece que la comprobación del cumplimiento de los requisitos se realizará de oficio por el órgano colegiado. Este órgano colegiado realizará cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba efectuarse la propuesta de los premiados y elevará informe vinculante a la persona titular de la Dirección General de Acción Exterior que contendrá la relación de las comunidades extremeñas en el exterior propuestas para el Premio.
Una vez comprobado que se ha seguido los trámites establecidos en la Resolución de 10 de abril de 2024, por la que se regula el premio que reconoce la labor realizada por las comunidades extremeñas en el exterior en fomento de la cultura y las tradiciones extremeñas, y se inicia el procedimiento de concesión (DOE núm. 74, de 17 de abril de 2024), el Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura
RESUELVE:
Primero. Conceder el premio que reconoce la labor realizada por las comunidades extremeñas en el exterior en fomento de la cultura y las tradiciones extremeñas a las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones que se incluyen el anexo que acompaña a la presente resolución.
Segundo. Proceder a la publicación de la resolución en el DOE, así como a la notificación a las entidades interesadas tal y como se establece el resuelvo séptimo, apartado 2, de la Resolución de 10 de abril de 2024, y los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de haber interpuesto recurso de reposición no podrá impugnar en vía contencioso-administrativa hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 7 de octubre de 2025.
El Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social,
ABEL BAUTISTA MORÁN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

Otras Opciones

2025 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal