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RESOLUCIÓN de 20 de octubre de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se establece el procedimiento para la zonificación por las personas integrantes de las listas de espera resultantes de los procesos selectivos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público de personal funcionario y de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
DOE Número: 204
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 23 de octubre de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Empleo Público.
Página Inicio: 57532
Página Fin: 57538
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
En cumplimiento de lo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público, con fecha de 28 de julio de 2022 se aprobó por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura el Acuerdo para el desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de Administración General de la Junta de Extremadura negociado en Mesa Sectorial de Administración General y Comisión Negociadora para el personal laboral de 30 de junio de 2022 (DOE n.º 151, de 5 de agosto). En dicho acuerdo, entre otros aspectos, se regulan las listas de espera resultantes de dichos procesos y la prioridad de las mismas.
En consecuencia y de conformidad con lo anterior mediante Órdenes de 28 de diciembre de 2022, modificadas por Órdenes de 17 de diciembre de 2024, se convocaron, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, procesos selectivos para el acceso a plazas vacantes de los distintos Cuerpos y Especialidades y Escala y Especialidad de personal funcionario y de las distintas Categorías y Especialidades de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición y por el sistema excepcional de concurso de méritos.
A los efectos de la constitución de las listas de espera, con objeto de lograr que sean un instrumento ágil y eficaz, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 29 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura aprobado por el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, en la redacción dada por el Decreto 55/2023, de 24 de mayo, las citadas convocatorias contemplaban, en términos similares a procesos selectivos anteriores, que las personas aspirantes marcarán en la solicitud de participación la zona o zonas en la que deseaban figurar para el supuesto de que no superasen el proceso selectivo. Sin embargo, las especiales características de los procesos de estabilización conllevaron que esa zonificación no se pudiera realizar a través de la solicitud.
En tal sentido la nueva redacción del apartado 2 de la base duodécima de la Orden de convocatoria introducida por la modificación llevada a cabo por la Orden de 17 de diciembre de 2024, establece que por Resolución de la Dirección General de Función, que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, se establecerá el procedimiento para articular la zonificación de las listas de espera que resulten constituidas, y la forma por la que los integrantes de estas puedan solicitar la reducción de las zonas en que deseen figurar.
En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, esta Dirección General, en virtud de las competencias atribuidas en material de personal por el Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de competencias en materia de personal y de conformidad con lo establecido en el apartado 2 de la base duodécima de la Orden de convocatoria, en la redacción dada por la Orden de 17 de diciembre de 2024,
RESUELVE:
Primero. De conformidad con el apartado 2.4 del Acuerdo para el desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de Administración General de la Junta de Extremadura negociado en Mesa Sectorial de Administración General y Comisión Negociadora para el personal laboral de 30 de junio de 2022 se constituirá para cada uno de los Cuerpos y Especialidades de personal funcionario y por cada una de las categorías y especialidades de personal laboral una lista de espera específica derivada del sistema excepcional de concurso de méritos.
Formarán parte de dichas listas de espera, las personas aspirantes que hayan obtenido una puntuación superior a cero y, en el caso, de aquellas especialidades en las que se exija la realización de una prueba de aptitud física, además, sean declarados apto , ordenadas:
1.º Mayor puntuación total obtenida.
2.º En caso de empate se resolverá por orden alfabético, atendiendo a la letra inicial del primer apellido a partir de la letra P que fue la resultante en el sorteo público que determina el orden de prelación de los/as aspirantes en las listas de espera derivadas de pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2022, publicado mediante Resolución de 16 de febrero de 2022 (DOE n.º 36, de 22 de febrero). De persistir el empate, se aplicará la letra del citado sorteo a la letra inicial del segundo apellido, y de seguir persistiendo a la del nombre.
Segundo. En aplicación de lo previsto en el artículo 29.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura aprobado por el Decreto 201/1995, las personas integrantes de las citadas listas de espera deberán indicar de conformidad con lo establecido en el apartado siguiente la zona o zonas en la que desean figurar de tal manera que, en su caso, sólo serán llamados para cubrir temporalmente las vacantes que surjan dentro del ámbito territorial de cada zona que expresamente se haya elegido, salvo que soliciten la reducción de las mismas, de conformidad con lo previsto en la presente resolución.
De no señalar ninguna zona o no presentar la correspondiente solicitud de zonificación se entenderá que desean figurar en todas ellas.
Tercero. El procedimiento para que las personas integrantes de las listas de espera resultantes de los procesos selectivos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el sistema excepcional de concurso de méritos soliciten la zona o zonas de las que quieren formar parte será el siguiente:
1. Participantes en el procedimiento para la solicitud de zonificación.
Deberán presentar la correspondiente solicitud las personas integrantes de la lista de espera que:
— Quieran formar parte de una o varias zonas.
— No quieran figurar en ninguna de ellas.
Las personas integrantes de la lista de espera que deseen figurar en todas las zonas no tienen que presentar solicitud.
2. Solicitudes de zonificación o de renuncia a todas las zonas.
2.1. Plazo de presentación de solicitudes.
Las personas aspirantes deberán presentar la correspondiente solicitud en el plazo de diez días hábiles a contar desde la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente resolución.
2.2. Procedimiento para la presentación de la solicitud.
Se presentará una solicitud por cada una de las listas de espera resultantes de los procesos de estabilización, por el sistema excepcional de concurso de méritos de las que vaya a formar parte por haber obtenido una puntuación superior a cero, indicando bien la zona o zonas de la que se quiera formar parte, bien la renuncia a todas las zonas.
— No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido cumplimentada y generada a través de la aplicación informática puesta a disposición en la ruta especificada en este apartado.
— La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá que se entienda que la persona aspirante formará parte de todas las zonas.
Las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, en caso de que fuera posible, facilitarán a las personas aspirantes el acceso a medios telemáticos para la cumplimentación de las solicitudes.
Para poder presentar la solicitud de zonificación necesitará disponer de un Certificado digital reconocido. Para usar el certificado deberá tener instalado en su equipo el componente Autofirma al menos en la versión 1.7.2., en caso contrario, el sistema dará error antes de realizar el pago, la firma y la presentación de la solicitud. Puede obtenerlo en el enlace: http://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html .
Una vez que la persona interesada haya accedido a la solicitud de zonificación la presentación de la misma constará de tres fases:
1.º Creación de la solicitud.
2.º Firma de la solicitud.
3.º Registro de la solicitud.
Únicamente tendrá validez la solicitud que sea registrada no, pues, la que solo sea creada y/o firmada.
Durante el plazo de presentación de solicitudes la persona interesada podrá crear y firmar todas las solicitudes que desee. También durante ese plazo podrá registrar más de una solicitud, siendo válida la última registrada.
ACCESO PREVIO A LA SOLICITUD DE ZONIFICACIÓN
1. Acceda al Portal del Candidato mediante la página web de la Junta de Extremadura https://procesoselectivo.juntaex.es/portalseleccionjunta, usando el certificado electrónico de persona física de la FNMT, DNIe o tarjeta criptográfica de empleado público con el cual se haya dado de alta.
2. Una vez haya entrado en el Portal del Candidato , acceda al apartado Mis solicitudes y dentro de él, “Solicitudes Estabilización Concurso”.
3. En la pantalla denominada SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN EN ESTABILIZACION VIGENTES se mostrará el listado de solicitudes admitidas en el proceso de estabilización por concurso de méritos.
4. Acceda a cada solicitud haciendo doble clic sobre la fila correspondiente o márquela y pulse el botón ‘Consultar solicitud .
5. A continuación aparecerá una pantalla denominada DETALLES DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN ESTABILIZACION en la que, como su nombre indica, verá todos los datos de la solicitud.
6. En la esquina superior derecha de la pantalla haga clic en ELECCIÓN DE ZONAS .
1º. CREACIÓN DE LA SOLICITUD DE ZONIFICACION
7. En la pantalla NUEVA ELECCION DE ZONAS (PASO 1 DE 3) indique la zona o zonas de las que quiera formar parte, para lo cual debe hacer clic en la flecha de la zona correspondiente que hay a la derecha de la columna zonas ofertadas . Hecho esto la zona o zonas aparecerá en la columna zonas escogidas . Podrá añadir todas las zonas directamente marcar la opción “Añadir todas”.
En el caso de optar por no formar parte de ninguna zona, marque la Zona 16. RENUNCIAS.
Asimismo, puede eliminar las zonas escogidas pulsando en la papelera.
8. Una vez cumplimentada la solicitud podrá guardarla o anularla. Si opta por guardarla haga clic en la marca de validación que aparece en la esquina superior derecha.
Si por el contrario quiere anular la solicitud creada haga clic en la flecha que hay a la izquierda de la marca de validación.
9. Una vez guardada la solicitud pasará a una pantalla denominada DETALLES DE ELECCIÓN DE ZONAS en la que aparecerán los datos de la solicitud creada, entre los que está la fecha de alta (creación) de la solicitud y las zonas escogidas. Dicha pantalla solo tiene carácter informativo, sin ninguna validez hasta que la registre una vez firmada.
10. Una vez revisada la solicitud creada, en el caso de darla por buena proceda a firmar la solicitud haciendo clic en la figura de puño que aparece en la esquina superior derecha.
Recuerde que la solicitud creada no tendrá validez hasta que sea registrada, tras ser firmada.
2º. FIRMA DE LA SOLICITUD.
11. En la pantalla FIRMA DE LA ELECCIÓN DE ZONAS (PASO 2 DE 3) aparecerán los datos de la solicitud previamente creada para proceder a su firma. Si están correctos puede firmarla haciendo clic en la figura de puño que aparece en la esquina superior derecha.
Para la firma deberá tener instalado en su equipo el componente autofirma descargado en el enlace:
http://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html
Recuerde que la solicitud firmada no tendrá validez hasta que sea registrada.
3º. REGISTRO DE LA SOLICITUD
12. Una vez que esté en la pantalla REGISTRO DE LA ELECCIÓN DE ZONAS (PASO 3 DE 3) deberá registrarla haciendo clic en la figura de la bandera que aparece en la esquina superior derecha o en el rectángulo azul denominado REGISTRAR ELECCION que aparece en el centro de la pantalla.
13. Una vez registrada la solicitud aparecerá una pantalla en la que se le informa de que la elección de zonas ha sido registrada correctamente y entre paréntesis el número de registro y la fecha y hora en la que se registró.
En la pantalla también aparecerán:
— Zonas escogidas.
— Fecha y hora en la que la solicitud fue dada de alta (creada).
— Fecha y hora en la que la solicitud fue firmada.
— Fecha y hora en la que la solicitud fue registrada.
— Número de registro.
Con objeto de que tenga constancia de la solicitud registrada aparece en PDF un justificante de registro de la Solicitud de zonificación en listas de espera que podrá descargarse. Mediante este justificante se acredita que el trámite de registro de la solicitud se ha completado correctamente y la solicitud es totalmente válida y eficaz, por lo que, como se indica en el propio justificante, no procede que vuelva a presentarlo en un Registro público.
Durante el plazo de presentación de solicitud la persona interesada podrá crear todas las solicitudes que quiera apareciendo todas ellas en el recuadro denominado FASE FINAL / Elección de zonas situado en la parte inferior de la pantalla DETALLES DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN ESTABILIZACION . En este apartado se enumeran todas las solicitudes creadas indicando la fecha de alta (creación), la fecha de firma y, en su caso, la fecha de registro. Solo será válida aquella solicitud que sea registrada tras su firma.
En el caso de registrar en ese plazo más de una solicitud se tendrá en cuenta la última presentada apareciendo en ese recuadro únicamente esta última, no, pues, las registradas con anterioridad.
Cuarto. Finalizado el plazo establecido en la presente resolución, no se tendrá en cuenta ninguna solicitud para la modificación de zonas de las listas de espera resultantes de la estabilización hasta la publicación de la correspondiente resolución por la que se constituyen las distintas listas de espera, y siempre que las mismas consistan en reducción de número de zonas inicialmente cumplimentadas.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo previsto en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 20 de octubre de 2025.
El Director General de Función Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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