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RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se resuelve la concesión de ayudas para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2025/2026.
DOE Número: 208
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 29 de octubre de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Educación. Ayudas.
Página Inicio: 58701
Página Fin: 58718
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo establecido en la Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2025/2026 (DOE n.º 105, de 3 de junio de 2025), a tenor de lo dispuesto en el resuelvo decimocuarto y a propuesta de la Jefa de Servicio de Enseñanzas de Personas Adultas y a Distancia, en uso de las atribuciones que tengo concedidas
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas que se especifican en el anexo I por un importe total de 604.350,00 euros:
a) Para desarrollar programas educativos pertenecientes a la Modalidad A, por parte de corporaciones locales, se destinan 512.550,00 euros con cargo a la posición presupuestaria 130030000/G/222E/46000/CAG0000001/20060113. Fuente de Financiación: CA.
b) Para desarrollar programas educativos pertenecientes a la Modalidad A, por mancomunidades de municipios, se destinan 76.500,00 euros con cargo a la posición presupuestaria 130030000/G/222E/46000/CAG0000001/20060113. Fuente de Financiación: CA.
c) Para desarrollar programas educativos pertenecientes a la Modalidad A, por entidades privadas sin ánimo de lucro, se destinan 15.300,00 euros con cargo a la posición presupuestaria 130030000/G/222E/48000/CAG0000001/20060113. Fuente de Financiación: CA.
Segundo. Formar la lista de excluidos en el anexo II, con indicación del motivo de exclusión.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante esta Dirección General o ante el titular de la Consejería con competencias en educación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 15 de octubre de 2025.
El Director General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa,
PD, Resolución de 6 de noviembre de 2024, de la Secretaría General
(DOE n.º 217, de 7 de noviembre),
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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