Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

CORRECCIÓN de errores de la Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo IV, Categoría Bombero/a Forestal Conductor/a, de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DOE Número: 21
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 31 de enero de 2025
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: CORRECCIÓN
Descriptores: Procesos selectivos.
Página Inicio: 6347
Página Fin: 6348
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Advertido error material en la Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo IV, Categoría Bombero/a Forestal Conductor/a, de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 250, de 27 de diciembre de 2024) se procede a su oportuna rectificación en los términos que a continuación se indican:
En las páginas 67385-67386:
Donde dice:
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
1. Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo correspondiente, las personas aspirantes deberán poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, durante el desarrollo del proceso selectivo y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de tratados interna­cionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos pú­blicos. También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. El acceso al empleo público como personal funcionario, se extende­rá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Inter­nacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores .
Debe decir:
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
1. Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo correspondiente, las personas aspirantes deberán poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, durante el desarrollo del proceso selectivo y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación:
a) Ser español/a.
Los/as nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos.
También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los espa­ñoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
El acceso al empleo público se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, así como los ciudadanos de nacionalidad extranjera con residencia legal en España .
En la página 67387:
Donde dice:
Tercera. Solicitudes.
Para validar y securizar el acceso de las personas aspirantes se requerirá el uso del DNI electrónico o Certificado digital FNMT de Persona física o bien mediante el sistema de validación mediante clave móvil .
Debe decir:
Tercera. Solicitudes.
Para validar y securizar el acceso de las personas aspirantes se requerirá el uso del DNI electrónico o Certificado digital FNMT de Persona física .
Mérida, 21 de enero de 2025.
La Consejera,
MARÍA ELENA MANZANO SILVA

Otras Opciones

2025 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal