EXTRACTO de las ayudas PAC campaña 2025/2026, de la "Ayuda básica a la renta para la sostenibilidad", según Resolución de 27 de enero de 2025, de la Secretaría General.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 811615
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, (http://www.infosubvenciones.gob.es), y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Estas ayudas se dirigen a las personas agricultoras que posean, bien en régimen de propiedad, usufructo o arrendamiento derechos de ayuda básica a la renta pago básico conforme a lo establecido en el Real Decreto 1045/2022 de 27 de diciembre, y justifiquen cada derecho con una hectárea admisible ubicada en territorio nacional, con excepción de las ubicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios las personas agricultoras que lo soliciten en tiempo y forma y cumplan los siguientes requisitos:
a) Cumplir los requisitos que determinan la figura de agricultor activo, conforme al capítulo II del Título I del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
b) Que justifiquen cada derecho con una hectárea admisible ubicada en territorio nacional excepto en la Comunidad Autónoma de Canarias.
c) Tendrán derecho a percibir la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, los agricultores que posean, bien en régimen de propiedad, usufructo o arrendamiento, derechos de ayuda básica a la renta conforme a lo establecido en el Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre, sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la Política Agrícola Común.
Tercero. Bases reguladoras.
Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, BOE núm. 312, de 29 de diciembre de 2022.
Cuarto. Cuantía.
La ayuda, por un importe total de 260.000.000,00 euros, se imputará a la aplicación presupuestaria 120040000 G/313A/47000 FA23000001, proyecto 20230086, con el siguiente desglose por anualidades:
— Anualidad 2025: 200.000.000,00 €.
— Anualidad 2026: 60.000.000,00 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Del 1 de febrero al 30 de abril de 2025.
Mérida, 27 de enero de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ