ANUNCIO de 14 de enero de 2025 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada para el proyecto de acondicionamiento de edificaciones existentes para la actividad de almazara, situado en el polígono 765, parcela 4, del término municipal de Badajoz, solicitado por Cano Badajoz, SL.
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU), del proyecto de acondicionamiento de edificaciones existentes para la actividad de almazara, solicitado por Cano Badajoz, SL, en el término municipal de Badajoz, podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 7.1 Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
Categoría Ley 16/2015:
— Este complejo industrial está incluido en la categoría 3.2.b) del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativa a Instalaciones para tratamiento y transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de material prima vegetal, sea fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día , y también en la categoría 9.1 Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I .
Actividad:
La actividad que se va a desarrollar es la propia de una almazara en suelo no urbanizable, producción de aceite de oliva, su almacenamiento, envasado, así como la expedición del producto terminado bien envasado o a granel, que además contará con una balsa de evaporación de aguas de proceso en la propia parcela.
Ubicación:
La industria de almazara se ubicará en la parcela 4 del polígono 765 del término municipal de Badajoz. La referencia catastral de la parcela es 06900A765000040000WT.
Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
— Edificio de 1.224,01m2 de superficie. Estará formado por patio recepción, caseta de control, cuarto de caldera, zona de molturación, taller, bodega depósitos, muelle de carga, depósito cloración agua, zona de envasado, zona de envases vacíos, almacén de producto terminado, pasillo, 2 zonas de descanso, porche sala de descanso y aseos.
— Solera para circulación de vehículos de hormigón armado de 15 cm. de espesor. La superficie que pavimentar será de 2.800 m2.
— Báscula con rampa del 10%.
— Balsa de recogida de lixiviados con un volumen total de 1.431,55 m3 y máximo de llenado de 778,63 m3.
— Línea de recepción y limpieza de aceituna.
— Línea de molturación.
— Línea de extracción de aceite (molinos, batidoras, bomba de pistón, termobatidoras, bombas de masa, decánter centrífugo horizontal, tamiz vibratorio, centrífugas decánter).
— Centrifugación y limpieza del aceite (centrifuga vertical).
— Depósitos cilíndricos verticales fabricados en acero inoxidable.
— Bomba de carga de cisternas.
— Deshuesadora.
— Equipo de laboratorio (molino de acero inox., analizador de rendimientos grasos, grupo térmico).
— Caldera de biomasa (huesecillo de aceituna).
— Quemador de combustible de biomasa.
— Chimenea para salida de humos.
— Instalación eléctrica de baja tensión.
— Instalación de fontanería.
— Instalaciones de saneamiento.
— Instalación de protección contra incendios.
— Instalación de agua caliente.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración autonómica, de las entidades que integran la Administración local que hayan suscrito el correspondiente convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 14 de enero de 2025. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.