ANUNCIO de 29 de octubre de 2025 por el que se someten a información pública el proyecto de explotación, el plan de restauración y el estudio de impacto ambiental relativos a la solicitud del proyecto de aprovechamiento del recurso minero de la Sección A) 06A01003-00 "El Retamar", en el término municipal de Don Benito (Badajoz).
TEXTO ORIGINAL
Con fecha 9 de septiembre de 2025, la entidad Áridos y Hormigones Rodríguez, SAL, presentó solicitud de autorización de aprovechamiento de recursos de la sección A) de la Ley de Minas, denominada El Retamar , con número 06A01003-00, en el término municipal de Don Benito (Badajoz), así como el correspondiente plan de restauración y el estudio de impacto ambiental del citado aprovechamiento.
Para dar cumplimiento al artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como al artículo 6 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, se comunica al público en general que el proyecto de explotación, el plan de restauración y el estudio de impacto de la solicitud del proyecto de explotación antes mencionado, podrán ser examinados, durante treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera situadas en polígono industrial El Nevero, avenida Miguel de Fabra, 4, de Badajoz, en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, así como en la página oficial del Sistema de Información Geológico Minero de Extremadura (http://sigeo.juntaex.es ), Sección de Información Pública.
El proyecto se incluye dentro del anexo IV Proyectos sometidos a la evaluación ambiental ordinaria , de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el grupo 2, epígrafe a), del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación ambiental. Los datos generales del mismo son los siguientes:
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Actividad y objeto
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Extracción de recursos de la sección A) de gravas y arenas silíceas.
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Promotora
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Áridos y Hormigones Rodriguez, SAL
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Fecha de la solicitud
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9 de septiembre del 2025
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Localización zona de explotación
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Parcela 1, polígono 213, tm Don Benito (Badajoz)
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Coordenadas UTM huso 29 (etrs 89)
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X: 773.617
Y: 4.323.6280
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Acceso
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El itinerario se distribuye de la siguiente forma:
0,48 km por el carril denominado Desagüe D-18 , situado en el polígono 27, parcela 9005, del término municipal de Don Benito.
1,99 km por el Camino del Soto, correspondiente al polígono 213, parcela 9005.
0,53 km por el camino ubicado en el polígono 210, parcela 9002
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Superficie afectada por la explotación
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7,4978 ha
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Número de frentes
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1
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Número de bancos
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1
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Altura media de banco
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3,75 m
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Volumen de explotación
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290.325 m3
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Periodo de explotación
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8,99 años, incluida la restauración
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Infraestructuras, instalaciones y equipos
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Maquinaria de operación minera (retroexcavadora y camiones) y cuba de agua para riego
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Uso final del suelo propuesto tras la rehabilitación
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Uso agrícola.
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Tipología de residuos
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LER 130205. Aceites minerales no clorados de motor, de transmisión mecánica y lubricantes.
LER 150202. Absorbentes, materiales de filtración (incluidos los filtros de aceite no especificados en otra categoría), trapos de limpieza y ropas protectoras contaminados por sustancias peligrosas.
LER 160107. Filtros de aceite.
LER 170504. Tierras y piedras naturales procedentes de obras externas
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Tipología de residuos mineros
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Residuos mineros inertes.
LER 01 01 02. Residuos de la extracción de minerales no metálicos (tierra vegetal)
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Instalaciones de residuos mineros
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Ninguna
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Propuesta de resolución al plan de restauración: a la vista de la documentación aportada por la entidad promotora, el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera propone resolución favorable al plan de restauración presentado, sin perjuicio de las alegaciones que puedan formularse durante el periodo de información pública ni de los informes o condicionados que pudieran emitir los organismos consultados.
El órgano sustantivo competente para resolver sobre la autorización administrativa de aprovechamiento de recursos de la Sección A) y del plan de restauración es el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El órgano competente para formular la declaración de impacto ambiental es la Dirección General de Sostenibilidad.
El público interesado podrá presentar sus observaciones, alegaciones y consultas, dentro del plazo citado anteriormente, en el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, en el polígono industrial El Nevero, avenida Miguel de Fabra, 4, de Badajoz, por cualquiera de los medios que a tal efecto determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El procedimiento de participación pública es el establecido en los artículos 6.5 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, y artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Badajoz, 29 de octubre de 2025. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, PS, Res. de la DG de Industria, Energía y Minas de 24/11/2023, El Jefe del Servicio de Normalización Industrial, Energética y Minera, RAFAEL RAMOS MORA.