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ANUNCIO de 30 de octubre de 2025 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo del Decreto 129/2024, de 15 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a otorgar a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes y se aprueba la primera convocatoria.
DOE Número: 215
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 07 de noviembre de 2025
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Transformación digital. Subvenciones.
Página Inicio: 60749
Página Fin: 60755
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Mediante Decreto 129/2024, de 15 de octubre (DOE núm. 228, viernes 22 de noviembre), se establecen las bases reguladoras de las ayudas a otorgar a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes y se aprueba la primera convocatoria.
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 del citado decreto, las subvenciones concedidas serán publicadas en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index , en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, contempla que los órganos administrativos publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, y de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que les sea de aplicación.
En el mismo sentido el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, determina que las administraciones concedentes deberán remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión.
Con la finalidad de ampliar y reajustar el crédito previsto en la primera convocatoria por importe de 1.500.000,00 €, se publicó modificación del extracto y anuncio (DOE núm. 197, martes 14 de octubre) por el que se dio publicidad al aumento del crédito de la convocatoria de las ayudas reguladas por el Decreto 129/2024, de 15 de octubre, siendo el crédito definitivo de la convocatoria 1.760.000,00 €.
Las ayudas destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes de la Comunidad Autónoma de Extremadura se han concedido por importe total de 1.748.567,35 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 140070000G/332A/76000 código de gasto 20240439, denominado ayudas para el diseño e implantación de proyectos de Smart Village , con una cofinanciación del 85%, con cargo al “Programa Extremadura FEDER 2021-2027 , Objetivo Político OP1 “Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones” Prioridad P1A: “Transición Digital e Inteligente”, Objetivo Específico: RSO1.2: “Aprovechar las ventajas que ofrece la digitalización a los ciudadanos, las empresas, las organizaciones de investigación y las administraciones públicas”, previsto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024.
En virtud de lo dispuesto, se procede a dar publicidad en el anexo que se acompaña, indicando el número de expediente, la entidad beneficiaria y subvención concedida, de las ayudas a otorgar a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes, concedidas al amparo del Decreto 129/2024, de 15 de octubre, por el que se aprobó la primera convocatoria en 2024.
Mérida, 30 de octubre de 2025. El Director General de Digitalización Regional, JESÚS COSLADO SANTIBÁÑEZ.
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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