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ANUNCIO de 2 de marzo de 2024 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de las Dehesas, para la implantación y transformación a regadío de 128,8175 ha de cultivos de almendros y olivos en la finca "La Rocilla", a ejecutar en la parcela 4 del polígono 6 y las parcelas 444, 445, 446, 447 y 450 del polígono 7 del término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz)". Expte.: IA22/1027.
DOE Número: 218
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 12 de noviembre de 2025
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública..
Página Inicio: 61617
Página Fin: 61618
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que el estudio de impacto ambiental del proyecto Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de las Dehesas, para la implantación y transformación a regadío de 128,8175 ha de cultivos de almendros y olivos en la finca La Rocilla , a ejecutar en la parcela 4 del polígono 6 y las parcelas 444, 445, 446, 447 y 450 del polígono 7 del término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz) , podrá ser examinado, durante un plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Anuncio, en la sede electrónica del órgano ambiental:
http://extremambiente.juntaex.es/Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos/Evaluación Ambiental Ordinaria/
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Dicho proyecto se encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluido dentro del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el anexo I, grupo 1, letras b) y c), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental: Transformación de áreas sin cultivar o áreas naturales o seminaturales para la explotación agrícola sobre una superficie mayor de 50 ha . y Proyectos de gestión de recursos hídricos para la agricultura, incluida la transformación en regadío y la mejora o consolidación del regadío, que afecten a más de 100 ha .
El proyecto consiste en la instalación de cultivos agrícolas permanentes en régimen de regadío en una superficie de 128,8175 ha, las cuales actualmente tienen un uso de tierras arables de secano con arbolado forestal. La zona de actuación comprende las parcelas 4 del polígono 6 y las parcelas 444, 445, 446, 447 y 450 del polígono 7 del término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz).
Se pretende implantar 68,6725 ha de cultivo de almendros con marco de plantación de 6x5 m y 60,1450 ha de cultivo de olivar súper intensivo con marco de plantación de 4x1,35 m. El agua necesaria para la puesta en riego procederá del río Guadiana por el Canal de las Dehesas, mediante la ejecución de dos tomas. El caudal solicitado asciende a 34,34 l/s en el caso de los almendros y 20,45 l/s para los olivos, con un volumen total demandado de 551.812,115 m3/año para toda la plantación.
Se proyecta un sistema de riego por goteo, provisto de dos balsas de regulación de capacidades 6.984,205 m3 y 4.310,833 m3 respectivamente.
La promotora del proyecto es Finca Rocillas, SL, con CIF B06757330 y domicilio en calle Vía Ensanche, 29, 06083, Mérida (Badajoz).
El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Guadiana. Por otra parte, a laDirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, le corresponde la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de competencias propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 2 de marzo de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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