ANUNCIO de 6 de noviembre de 2025 sobre aprobación inicial de la modificación puntual 01/2022 de las Normas Subsidiarias.
TEXTO ORIGINAL
Aprobada inicialmente, en sesión ordinaria del Pleno de esta corporación celebrada el día 30 de octubre de 2025, la modificación puntual 01/2022 de las Normas Subsidiarias Municipales, consistente en la adecuación de los usos de once parcelas de suelo urbano a la realidad existente y en la delimitación de un sector de suelo urbano y el cambio de calificación de las manzanas provistas en la ordenación detallada del mismo (reubicación parcela 12 de uso dotacional equipamiento), redactada por la Oficina Técnica Urbanística y Desarrollo Territorial Sostenible de la Mancomunidad Integral de Municipios Centro.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.4.d) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, se somete el expediente a información pública por un plazo de cuarenta y cinco (45) hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, a fin de que quienes pudieran tenerse por interesados en el mismo, puedan comparecer y formular cuantas alegaciones, sugerencias o reclamaciones tengan por convenientes.
Durante dicho periodo, la documentación correspondiente estará disponible para su consulta pública en las oficinas municipales, sitas en la Plaza de España, 1, de Villagonzalo. A su vez, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento:
https://ayuntamientodevillagonzalo.sedelectronica.es
El presente anuncio sirve, asimismo, de notificación a los interesados, puesto que no se puede efectuar la notificación personal del otorgamiento del trámite de audiencia.
Igualmente, se comunica que se ha acordado suspender el otorgamiento de licencias en aquellas áreas afectadas por la modificación puntual de las Normas Subsidiarias Municipales, siempre que las mismas contravengan las nuevas determinaciones recogidas en la meritada modificación puntual y el régimen urbanístico vigente. La presente suspensión se extinguirá con la entrada en vigor de la modificación del instrumento de planeamiento que la motiva o como máximo tendrá una duración de dos años a contar desde el día siguiente a la adopción del citado acuerdo de aprobación inicial.
Villagonzalo, 6 de noviembre de 2025. El Alcalde, JOSÉ LUIS MARÍN BARRERO.