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RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), el Ayuntamiento de La Parra y el Instituto de Educación Secundaria Obligatoria "Vicente Ferrer" para la realización de ensayos y formación de alumnos.
DOE Número: 220
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 14 de noviembre de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 61864
Página Fin: 61871
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 6 de noviembre de 2025, el Convenio entre el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), el Ayuntamiento de La Parra y el Instituto de Educación Secundaria Obligatoria Vicente Ferrer para la realización de ensayos y formación de alumnos, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 7 de noviembre de 2025.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
CONVENIO ENTRE EL CENTRO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS DE EXTREMADURA (CICYTEX), EL AYUNTAMIENTO DE LA PARRA Y EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA VICENTE FERRER PARA LA REALIZACIÓN DE ENSAYOS Y FORMACIÓN DE ALUMNOS.
6 de noviembre de 2025.
De una parte, D.ª Carmen González Ramos Directora del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (en adelante CICYTEX), en representación del mismo, en virtud de nombramiento por Decreto 237/2015, de 31 de julio (DOE extraordinario núm. 4, de 1 de agosto), y de conformidad con las funciones atribuidas en virtud del artículo 12 de los Estatutos del CICYTEX, aprobados mediante Decreto 6/2025, de 11 de febrero (DOE núm. 32, de 17 de febrero).
De otra parte, la Ilma. Sra. Consejera de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, D.ª Mercedes Vaquera Mosquero, cargo para el que fue nombrada por Decreto de la Presidenta 23/2023 de 20 de julio (DOE n.º 140 de 21/07/2025).
De otra parte, D. Alejandro Lagar Nieto, con DNI ***6119**, como Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Parra, actuando en representación del mismo como entidad colaboradora, en virtud de nombramiento acordado en el pleno el 17 de julio de 2023 con NIF P0609900F y domicilio en Plaza de España n.º 3, Código Postal 06176 de la localidad de La Parra, provincia de Badajoz.
Las partes consideran oportuna la formalización del presente Convenio, a cuyo efecto
EXPONEN
Primero. Por Decreto 6/2025, de 11 de febrero, se aprueban los Estatutos del CICYTEX. El artículo 4, del citado Estatuto establece que el CICYTEX tendrá como fin la generación de I+D+i en los institutos adscritos al mismo, con el fin de contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en materia de I+D+i, todo ello bajo la dirección, vigilancia y tutela de la Consejería competente en materia de I+D+i.
Así mismo, el artículo 5 de los Estatutos del CICYTEX, establece que, para el cumplimiento y desarrollo de sus fines, corresponderá al CICYTEX entre otras las siguientes funciones:
— Realizar investigación científica y tecnológica y, en su caso, contribuir a su fomento.
— Transferir los resultados de la investigación científica y tecnológica a instituciones públicas y privadas.
— Formar personal de investigación.
— Fomentar la cultura científica en la sociedad.
— Informar, asistir y asesorar en materia de investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e innovación a entidades públicas y privadas.
Segundo. CICYTEX, a través de sus institutos adscritos, ejecuta actividades de investigación y desarrollo, formando parte del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y, como tal, realiza entre sus distintas actividades las relacionadas con los sectores de producción agraria y ganadera, trabajando en distintas líneas de investigación, en este sentido:
El Instituto de Investigaciones Agrarias Finca La Orden-Valdesequera, a través de las siguientes áreas, realiza actividades relacionadas con:
Área de Biodiversidad Vegetal Agraria:
a) Puesta a punto, cultivo, selección y multiplicación de especies silvestres de interés para las industria agroalimentaria, farmacéutica, cosmética y condimentarías.
b) Desarrollo de actividades de investigación en la caracterización y evaluación de productos silvestres con propiedades químicas de interés en la conservación de productos, aromatización de sustancias y la salud.
c) Multiplicación de vegetales silvestres de interés en su cultivo, conservación o aprovechamiento dentro del sector agrario.
Área de Agronomía de Cultivos Leñosos y Hortícolas de Regadío:
d) Establecimiento de una parcela de demostración con variedades de olivar en seto de secano.
e) Establecimiento de una parcela de demostración con variedades de uva para mesa
f) Establecimiento en invernadero de ensayo de respuesta a diferentes estrategias de fertilización.
g) Introducción a la sensorización en estas parcelas.
Tercero. Que el Ayuntamiento de La Parra, titular dominical de la parcela 111 del polígono 9 LLanazo del TM. de la Parra, objeto de los ensayos y estudios a que este convenio se refiere, está interesado en que CICYTEX, a través de las áreas anteriormente señaladas realice con personal técnico cualificado de sus institutos adscritos, ensayos y estudios que permitan a los alumnos del IESO Vicente Ferrer a recibir formación en los cultivos objeto de estudio.
Cuarto. Que el IESO Vicente Ferrer , ha manifestado su interés en colaborar en el presente convenio, con la finalidad de que los alumnos matriculados en ciclos formativos relacionados con la agricultura, específicamente en el Ciclo Formativo de grado básico de Agro jardinería y composición floral, puedan recibir formación tanto en la parcela como en el invernadero con los ensayos objeto del presente convenio. Los dos cursos que forman el ciclo formativo de grado básico de Agro jardinería y Composiciones florales recibirán cuatro horas semanales de prácticas y una hora semanal de coordinación a cargo de los dos profesores de dicho ciclo.
Quinto. Por todo lo expuesto, las partes consideran de interés establecer un convenio para el establecimiento y estudio de ensayos y formación de alumnos, en la localidad de La Parra.
Por cuanto antecede, es voluntad de las partes suscribir un Convenio que defina la colaboración entre las mismas a los fines que a continuación se describen, a cuyo efecto, otorgan el presente documento en virtud de las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto.
El objeto del presente Convenio es establecer los compromisos adquiridos por las partes para colaborar en la realización de ensayos y actividades formativas dirigidas a los alumnos del IESO Vicente Ferrer , en materias relacionadas con las variedades vegetales objeto de estudio, así como transferir el conocimiento al sector agrícola de la región.
Segunda. Fines.
Con la presente colaboración, tanto CICYTEX como el Ayuntamiento de La Parra, en coordinación con el IESO Vicente Ferrer , tiene por finalidad establecer una serie de trabajos experimentales, utilizando las instalaciones e infraestructuras del IESO y en una parcela propiedad del Ayuntamiento de La Parra, bajo la supervisión técnica del CICYTEX, de forma que sirvan de base para la realización practico-formativa de los alumnos y a la vez sea parcela de demostración para los agricultores de la zona.
Entre otras actuaciones a realizar, se persigue inicialmente con el presente convenio:
— El establecimiento en la parcela de demostración:
Cultivo de plantas aromáticas.
Variedades de olivar en seto de secano.
Variedades de Uva para mesa.
No obstante, a lo largo de la vigencia del convenio, las partes podrán acordar de mutuo acuerdo introducir el cultivo de otras variedades vegetales no previstas, que resulten de interés para su estudio.
Establecimiento en invernadero de ensayo de respuesta a diferentes estrategias de fertilización.
Introducción a la sensorización.
Tercera. Compromisos adquiridos por el CICYTEX.
Mediante el presente convenio de colaboración el CICYTEX se compromete, a través del Instituto de Investigaciones Agrarias Finca La Orden - Valdesequera, apoyado en el personal técnico perteneciente a las áreas de Biodiversidad Vegetal Agraria y Agronomía de Cultivos Leñosos y Hortícolas de Regadío, a prestar asesoramiento con carácter exclusivamente técnico.
El CICYTEX se compromete a dar apoyo a los procesos siguientes:
— Propuesta de actuaciones objeto de estudio, en coordinación con el IESO Vicente Ferrer , estableciéndose el diseño en concreto, localización y toma de datos.
— Asesoramiento teórico y práctico en el establecimiento de la parcela.
— Supervisión de la puesta en marcha y funcionamiento de la parcela.
— Transferir la información necesaria, al personal responsable del IESO Vicente Ferrer , para el mantenimiento y seguimiento de la parcela.
— Colaborar en actividades formativas y de demostración asociadas a esta parcela.
— Transferencia y comunicación a productores e intermediarios de resultados, que pudieran ser de interés para los agricultores de la zona.
Cuarta. Compromisos adquiridos por el Ayuntamiento de La Parra.
Mediante el presente Convenio, el Ayuntamiento de La Parra se compromete a:
— Puesta a disposición de la parcela propiedad del Ayuntamiento, sita en el Polígono 9 Parcela 111 Llanazo, localidad de La Parra, provincia de Badajoz, con una superficie de 15.692 m2, para el establecimiento de cultivos de plantas aromáticas, variedades de olivar en seto de secano y variedades de uva para mesa, facilitando el acceso al personal técnico del CICYTEX, para la realización de actuaciones previstas en el apartado anterior.
— Poner en conocimiento e intermediar con agricultores-productores del municipio, como potenciales interesados en conocer los resultados de las variedades objeto de estudio.
Quinta. Compromisos adquiridos por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
Mediante el presente Convenio, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación profesional, a través del personal docente responsable del IESO Vicente Ferrer , respecto de los ciclos formativos de formación profesional, que se impartan en materias relacionadas con el presente convenio, se compromete a:
— Puesta a disposición de los recursos materiales y humanos necesarios para el establecimiento, mantenimiento y seguimiento de las parcelas de campo.
— Elaboración de un informe anual, comprensivo de las actuaciones que se hayan realizado durante el citado periodo de tiempo, en colaboración con el personal técnico designado por el CICYTEX para cada actuación.
— El IESO Vicente Ferrer hará mención de participación de CICYTEX en aquellas labores de carácter formativo y de divulgación, que afecte a las parcelas objeto de estudio.
Sexta. Contenido económico.
El presente Convenio no supondrá incremento de gastos de personal ni de materiales para CICYTEX, ya que se utilizan los recursos disponibles afectos a las áreas de Biodiversidad Vegetal Agraria y Agronomía de Cultivos Leñosos y Hortícolas de Regadío del Instituto de Investigaciones Agrarias Finca La Orden-Valdesequera, no siendo necesario proceder a la contratación de personal.
Séptima. Comisión de Seguimiento.
Con el objetivo de contribuir al cumplimiento de lo dispuesto en este convenio y dirimir aquellas cuestiones que pudieran surgir en su interpretación, se constituye una Comisión de Seguimiento, integrada por un representante designado por cada una de las partes firmantes, que se reunirá a instancia de cualquiera de las partes.
La Comisión, en relación con este convenio, tendrá las siguientes funciones:
a) Coordinar las actuaciones necesarias para su ejecución.
b) Velar por el cumplimiento y seguimiento de cuanto en él queda establecido.
c) Resolver cuantas circunstancias e incidencias se produzcan como consecuencia de su interpretación y ejecución.
Octava. Derechos de propiedad intelectual e industrial
Tanto en materia de derechos de propiedad intelectual que pudieran derivarse del presente convenio, estándose, en su caso, a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, modificado por Ley 23/2006, de 7 de julio, como en materia de derechos de propiedad industrial que eventualmente se deriven de este convenio, se estará conforme a lo dispuesto en la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, se entenderá que los derechos y obligaciones que se deriven corresponderán exclusivamente al CICYTEX.
Novena. Eficacia, duración y prórrogas del presente Convenio.
El presente convenio surtirá efectos desde la fecha de su otorgamiento por las partes, extendiendo su vigencia durante 2 años. El otorgamiento se entenderá efectuado en la fecha de firma del último de los firmantes.
Las partes podrán formular la denuncia del Convenio, por escrito, con una antelación mínima de tres meses a la fecha de extinción del mismo.
No obstante, en cualquier momento antes de la finalización del plazo de vigencia previsto, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga hasta un máximo de dos años adicionales, de acuerdo con el apartado h) del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Décima. Modificación y Resolución de la presente colaboración.
El presente convenio podrá ser modificado mediante la formalización de la oportuna Adenda, previo acuerdo unánime de las partes.
Serán causas de resolución del presente Convenio, además del transcurso del plazo de vigencia previsto en la estipulación anterior, las siguientes:
a) Mutuo acuerdo expreso y escrito de las partes.
b) Decisión unilateral por incumplimiento de los compromisos adquiridos por las partes en virtud del presente Convenio.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio.
c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
d) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en otras leyes.
Decimoprimera. Régimen Jurídico e Interpretación.
El presente convenio, de naturaleza administrativa, se suscribe al amparo de lo dispuesto en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, este Convenio queda excluido de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de que tal y como se establece en el artículo 4 de la misma norma se apliquen sus principios para la resolución de las dudas y lagunas que puedan plantearse.
A tal efecto, el convenio se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo.
De no alcanzar una solución amistosa serán competentes para conocer de las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo competentes los Juzgados de Extremadura.
En prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio por medios electrónicos.
Por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional,
La Consejera,
MERCEDES VAQUERA MOSQUERO
Por el Ayuntamiento de la Parra,
El Alcalde-Presidente,
ALEJANDRO LAGAR PRIETO
Por el CICYTEX,
La Directora,
CARMEN GONZÁLEZ RAMOS
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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