ANUNCIO de 4 de noviembre de 2025 sobre aprobación definitiva de la modificación puntual OD 02/2024 de regulación de las condiciones de los patios vivideros en el APR-1.1 (Zona 1: Centro Histórico).
TEXTO ORIGINAL
El Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Badajoz, en sesión celebrada con fecha 22 de julio de 2025 y tras la tramitación del oportuno procedimiento, adoptó acuerdo de aprobación definitiva de la modificación regulación de las condiciones de los patios vivideros en el APR-1.1 (Zona 1: Centro Histórico):
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Clase de instrumento urbanístico
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Modificación puntual del Plan General Municipal de Badajoz
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Modificación
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OD-02/2024 regulación de las condiciones de los patios vivideros en el APR-1.1
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Clasificación del suelo
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Urbano
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Delimitación del ámbito afectado
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Zona 1 (APR 1.1) del Suelo Urbano que define el Centro Histórico, y en concreto aquellas parcelas calificadas con uso residencial colectivo (RC).
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Objeto
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Flexibilizar y regular las condiciones de los patios vivideros de edificaciones de uso residencial dentro del APR 1.1 (Centro Histórico), para adaptarlo a la legislación sobre condiciones mínimas de habitabilidad.
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Justificación
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Se estima necesaria y oportuna la tramitación de esta modificación puntual del Plan General Municipal de Badajoz, en virtud del Decreto de Alcaldía de fecha 5 de noviembre de 2024.
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De acuerdo con el artículo 25.2 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana se procede a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva, con el tenor literal siguiente:
El Excelentísimo Ayuntamiento Pleno acuerda, por unanimidad de los presentes (veintisiete asistentes), aprobar lo dispuesto en el dictamen que antecede, en la forma que aparece redactado, dándole carácter de acuerdo corporativo plenario y, en consecuencia, aprobar definitivamente la modificación puntual de Ordenación Detallada n.º 2/2024 del Plan General Municipal y PEOPACH sobre regulación de las condiciones de los patios vivideros en el APR-1.1 (Zona 1: Centro histórico) .
Habiéndose procedido con fecha 28 de octubre de 2025 y con n.º BA/048/2025 al depósito de la citada modificación puntual en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, dependiente de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, se hace público dicho acuerdo mediante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, Boletín Oficial de la Provincia y Sede electrónica de este Excelentísimo Ayuntamiento de acuerdo con los artículos 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS), 69 del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (RGLOTUS), y artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
De acuerdo con los artículos 57 LOTUS y 69 RGLOTUS, el texto íntegro y la documentación completa de la modificación puntual aprobada definitivamente, debidamente diligenciada, se encuentra accesible a través de la siguiente dirección electrónica:
https://www.aytobadajoz.es/es/ayto/planeamiento/58720/Planeamiento-aprobado
Asimismo, puede accederse a la inscripción en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura a través del siguiente enlace.
https://sitex.juntaex.es/SITEX/planeamiento?ptofigura=40832
Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime conveniente.
Badajoz, 4 de noviembre de 2025. El Alcalde, PD, Decreto de Alcaldía 2/2/2024 (BOP n.º 28, de 8/2/2024), El Teniente-Alcalde Primero, Concejal Delegado de Urbanismo, CARLOS URUEÑA FERNÁNDEZ.