RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2025, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se resuelve el segundo libramiento de fondos para la dotación de libros de texto y de material escolar y didáctico a los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso escolar 2025/2026.
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo establecido en la Orden del 4 de junio de 2025, por la que se regula el libramiento de fondos para la dotación de libros de texto y de material escolar y didáctico a los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso escolar 2025/2026 (DOE núm. 111, de 11 de junio de 2025) y en uso de las competencias que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Realizar un segundo libramiento de fondos para para la dotación de material escolar y didáctico y de libros de texto a los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso escolar 2025/2026, por un total de trescientos veintiséis mil trescientos treinta y siete euros (326.337,00 €), que se especifica en los anexos I y II de esta resolución, los cuales se distribuirán de la siguiente forma:
— Para material escolar y didáctico (Educación Infantil): Cincuenta y un mil seiscientos euros (51.600,00 €), imputándose al ejercicio 2025, centro gestor 130090000, posición presupuestaria G/222G/22900, fondo CAG0000001.
— Para libros de texto: Doscientos setenta y cuatro mil setecientos treinta y siete euros (274.737,00 €), imputándose al ejercicio 2025, centro gestor 130090000, posición presupuestaria G/222G/22900, fondo CAG0000001.
Segundo. Se trata de un segundo acto de libramiento.
Tercero. Hacer público en el Diario Oficial de Extremadura que las listas que contienen la totalidad de ayudas concedidas se encuentran expuestas en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de Educación, y que están disponibles en la plataforma educativa https://www.educarex.es .
Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse por los interesados, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
O bien podrá interponerse, directamente, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida. Todo ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 24 de octubre de 2025.
El Director General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios,
PD, Resolución de la Presidenta de 25/08/2023
(DOE núm. 168, de 31 de agosto),
EDUARDO VILLAVERDE TORRECILLA