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EXTRACTO de la Resolución de 5 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el fomento del comercio a través de acciones agrupadas de dinamización comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura correspondiente a los ejercicios 2025-2026. Línea dirigida a municipios y entidades locales menores.
DOE Número: 223
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 19 de noviembre de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Actividad comercial. Subvenciones.
Página Inicio: 62756
Página Fin: 62757
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 868389
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarios.
Municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura conforme a lo establecidos en el artículo 2.1.a) del Decreto 130/2025, de 15 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del comercio a través de acciones agrupadas de dinamización comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Objeto.
Subvenciones destinadas a financiar el desarrollo de acciones agrupadas para el desarrollo de proyectos de animación comercial con la finalidad de dinamizar, promocionar el comercio extremeño y fomentar el asociacionismo comercial.
Tercero. Bases reguladoras.
Estas ayudas se contemplan en el Decreto 130/2024, de 15 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del comercio a través de acciones agrupadas de dinamización comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas consistirán en una subvención del 90% de los gastos elegibles, con un importe máximo de ayuda por solicitud que no podrá exceder de los siguientes importes:
a) Si la acción se va a desarrollar en un municipio de más de 20.000 habitantes: hasta 8.000 euros.
b) Si la acción se va a desarrollar en un municipio entre 10.001 y 20.000 habitantes: hasta 6.000 euros.
c) Si la acción se va a desarrollar en un municipio entre 5.000 y 10.000 habitantes: hasta 5.000 euros.
d) Si la acción se va a desarrollar en un municipio de menos de 5.000 habitantes o en una entidad local menor: hasta 4.000 euros.
Quinto. Gastos elegibles.
Tendrán la consideración de gastos elegibles, los gastos relacionados con el desarrollo de la actividad recogidos en el artículo 3.1 de las bases reguladoras.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas se iniciará a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y finalizará el 31 de julio de 2026, o en su caso hasta el agotamiento del crédito presupuestario.
Séptimo. Otros.
La convocatoria de la línea de ayudas para proyectos de animación comercial desarrollados por municipios y entidades locales menores tiene un importe total de 1.000.000 euros, 100.000 euros con cargo al presupuesto de 2025 y 900.000 euros con cargo al presupuesto de 2026. Estas ayudas se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 14.003.341A.760.00, código de proyecto de gasto 20230018 denominado Fomento del comercio a través de acciones agrupadas , código fondo FD211A1302.
Estas ayudas están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión, y se encuentran encuadradas en el programa FEDER 2021-2027 Extremadura, con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), dentro del Objetivo Político 1: Mejorar la competitividad de las PYME , Prioridad de Inversión: 1.A Transición Digital e Inteligente , Objetivo específico 1 iii). “el refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”. Las mismas se encuentran cofinanciadas en un 85 % por parte de la Unión Europea, a través de fondos FEDER.
Mérida, 6 de noviembre de 2025.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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