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RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del trámite de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se regula la atención a la ciudadanía, la información administrativa y la participación ciudadana de la Junta de Extremadura.
DOE Número: 223
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 19 de noviembre de 2025
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 62825
Página Fin: 62826
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
El artículo 66 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura dispone que el procedimiento para la elaboración de disposiciones administrativas de carácter general se iniciará en el centro directivo correspondiente (...) y, en aplicación del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según su artículo 11.6, el ejercicio de competencias en materia de gobierno abierto, el servicio público de información administrativa y atención a la ciudadanía corresponde, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
Sobre la elaboración de disposiciones de carácter general, establece el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que Sin perjuicio de la consulta previa a la redacción del texto de la iniciativa, cuando la norma afecte a los derechos e intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades. Asimismo, podrá también recabarse directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto , así como que la consulta, audiencia e información públicas reguladas en este artículo deberán realizarse de forma tal que los potenciales destinatarios de la norma y quienes realicen aportaciones sobre ella tengan la posibilidad de emitir su opinión, para lo cual deberán ponerse a su disposición los documentos necesarios, que serán claros, concisos y reunir toda la información precisa para poder pronunciarse sobre la materia y el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece también en los mismos términos, que se dará audiencia a los ciudadanos cuando el proyecto afecte a sus derechos e intereses legítimos.
Por otra parte, en aplicación de los establecido en el artículo 39 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, el procedimiento de aplicación de este proyecto se tramitará de forma urgente, habiéndose adoptado el acuerdo que lo declara con anterioridad a su tramitación.
El objeto del proyecto de decreto es regular el desarrollo de los derechos de atención a la ciudadanía, la información administrativa y la participación ciudadana a través de los canales ya existentes y para ordenar los procedimientos para hacerlo en uso de los portales, aplicaciones y herramientas de las que ya dispone la administración autonómica y la ciudadanía.
En atención a lo expuesto, y dando cumplimiento a lo dispuesto en las normas citadas, esta Secretaría General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,
RESUELVE:
Primero. Acordar la apertura de un periodo de audiencia e información pública por un plazo de siete días naturales contados desde la publicación de esta resolución en el Punto Único de Acceso a la Información de la Junta de Extremadura
https://www.juntaex.es/tuatencion/participacion y en el Diario Oficial de Extremadura
www.doe.es a fin de que cualquier persona pueda examinar el texto del proyecto de decreto elaborado, y formular las alegaciones o sugerencias que estime oportunas.
Segundo. Las alegaciones y sugerencias formuladas se podrán presentar en
https://www.juntaex.es/tuatencion/participacion , por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dirigidas al Servicio de Atención y Participación Ciudadana (DIR3 A11016148), o a través de la dirección de correo electrónico
atencionciudadana@juntaex.es .
Tercero. El proyecto de decreto por el que se regula la atención a la ciudadanía, la información administrativa y la participación ciudadana de la Junta de Extremadura, permanecerá expuesto en horario de 10:00 a 14:00 horas en la Dirección General de Función Pública, sita en la avenida Valhondo, s/n., edificio Mérida III Milenio, Módulo 1, 06800, de Mérida, para aquellas personas que deseen consultarlo.
Mérida, 13 de noviembre de 2025. La Secretaria General, INMACULADA NÚÑEZ ARROYO.
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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