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RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se constituyen listas de espera derivadas de los procesos selectivos convocados por Órdenes de 23 de diciembre de 2022, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
DOE Número: 225
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 21 de noviembre de 2025
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Procesos selectivos. Lista de espera.
Página Inicio: 63091
Página Fin: 63095
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Mediante Órdenes de 23 de diciembre de 2022 (Diario Oficial de Extremadura número 247, de 28 de diciembre), modificadas por Órdenes de 17 de diciembre de 2024 (Diario Oficial de Extremadura número 247, de 23 de diciembre), se convocaron en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, procesos selectivos para el acceso a plazas vacantes de los distintos cuerpos y especialidades de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
El Acuerdo de desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de Administración General de la Junta de Extremadura de 30 de junio de 2022 (Diario Oficial de Extremadura número 151, de 5 de agosto) regula en su apartado 2.4 las listas de espera y la prioridad de las mismas estableciendo que, una vez finalizado el proceso de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos, se constituirá una lista de espera específica por cada uno de los Cuerpos y Especialidades de personal funcionario y por cada una de las Categorías y Especialidades de personal laboral, así como que en aquellas Especialidades, cuya normativa exija la realización de una prueba de aptitud física, se requerirá, en todo caso, el carácter de apto en dicha prueba para formar parte de la correspondiente lista de espera.
Por otro lado se concreta que el orden de prelación de los aspirantes de esta lista de espera específica será, primero, por la mayor puntuación total obtenida y, segundo, por orden alfabético, atendiendo a la letra inicial del primer apellido a partir de la letra P que fue la resultante en el sorteo público que determina el orden de prelación de los/as aspirantes en las listas de espera derivadas de pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2022, publicado mediante Resolución de 16 de febrero de 2022 (DOE n.º 36, de 22 de febrero). De persistir el empate, se aplicará la letra del citado sorteo a la letra inicial del segundo apellido, y de seguir persistiendo a la del nombre.
De conformidad con lo anterior, la base séptima de las Órdenes de convocatoria añade que las personas aspirantes cuya puntuación fuera cero, en ningún caso, podrán formar parte de las listas de espera que por cada una de las Especialidades.
Por último, el citado acuerdo concreta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, la prioridad de las listas de espera.
En virtud de lo anterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, así como en el Decreto 4/1990, de 23 de enero, de atribución de competencias en materia de personal, esta Dirección General de Función Pública, de acuerdo con la Resolución de 10 de agosto de 2023 de la Consejera, sobre delegación de competencias en los titulares de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,
RESUELVE:
Primero. Constituir listas de espera de los cuerpos y especialidades de personal funcionario derivadas de los procesos selectivos convocados por Órdenes de 23 de diciembre de 2022, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público por el sistema excepcional de concurso de méritos, que figuran en el anexo de la presente resolución, por el orden de puntuación obtenida en el concurso de méritos por las personas aspirantes con una puntuación superior a cero y, en el caso, de aquellas especialidades en las que se exija la realización de una prueba de aptitud física, además, sean declarados apto .
Las referidas listas se expondrán al público en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura. Asimismo, podrán consultarse en la siguiente dirección de internet: https://www.juntaex.es/temas/trabajo-y-empleo/empleo-publico/buscador-de-empleo-publico , desde el día siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Segundo.
1. Conforme a lo establecido en la base octava apartado 3, el orden de prelación en caso de empate se establecerá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1º. Mayor puntuación total obtenida.
2º. Por orden alfabético, atendiendo a la letra inicial del primer apellido a partir de la letra P que fue la resultante en el sorteo público que determina el orden de prelación de los/as aspirantes en las listas de espera derivadas de pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2022, publicado mediante Resolución de 16 de febrero de 2022 (DOE n.º 36, de 22 de febrero).
3º. Se aplicará la letra del citado sorteo a la letra inicial del segundo apellido, y de seguir persistiendo a la del nombre.
2. En aplicación de lo previsto en el artículo 29.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura aprobado por el Decreto 201/1995, se entenderá que las personas integrantes de las citadas listas de espera figurarán en todas las zonas, salvo que de conformidad con el procedimiento establecido por Resolución de 23 de marzo de 2025 de la Dirección General de Función Pública (Diario Oficial de Extremadura número 63, de 1 de abril) hayan solicitado la reducción de las zonas en que deseen figurar.
No obstante, a partir del día siguiente al de publicación de la presente resolución se podrá modificar la zonificación de las listas de espera siempre que las mismas consistan en reducir el número de zonas.
Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 2.4 del Acuerdo de desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de Administración General de la Junta de Extremadura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1 del citado Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, la prioridad de las listas de espera será la siguiente:
1º. Lista de espera en el Cuerpo/Especialidad de personal funcionario derivada de la ejecución de Ofertas de Empleo Público ordinarias.
2º. Lista de espera específica derivada del proceso de estabilización por el procedimiento de concurso-oposición.
3º. Listas de espera específicas en el Cuerpo/Especialidad de personal funcionario o constituidas al amparo del referido artículo 30 del Decreto 201/1995.
4º. Lista de espera específica derivada del proceso de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquel. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 17 de noviembre de 2025.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
PD, Resolución de 10 de agosto de 2023 (DOE n.º 156, de 14 de agosto),
El Director General de Función Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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