EXTRACTO de la Resolución de la Junta Directiva de la Asociación para Promoción y Desarrollo del Valle del Jerte de convocatoria de ayudas en aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo y la metodología Leader 2023-2027 para proyectos productivos de acciones de inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 869952
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ).
Primero. Objeto.
El presente extracto tiene como objeto establecer la convocatoria de la línea de ayuda a proyectos englobados en la actuación inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales.
Esta convocatoria se publica al amparo Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología Leader y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.
La convocatoria será de aplicación en el ámbito geográfico de la comarca del Valle del Jerte, en concreto en los términos municipales siguientes: Barrado, Cabezuela del Valle, Cabrero, Casas del Castañar, El Torno, Jerte, Navaconcejo, Piornal, Rebollar, Tornavacas y Valdastillas.
El sistema de ayudas en el marco del eje Leader tiene como finalidad la aplicación de estrategias innovadoras mediante la metodología Leader, contribuyendo de esta manera al desarrollo sostenible a largo plazo de los territorios rurales, además de contribuir a la mejora de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales.
Segundo. Personas destinatarias finales de las ayudas.
Tendrán la consideración de personas beneficiarias y/o destinatarias finales de las ayudas, las personas físicas o jurídicas, agricultores y agricultoras o miembros de una unidad familiar de una explotación agrícola, jóvenes agricultores y agricultoras ya instalados, comunidades de bienes u otras entidades de tipo comunal, a las que para cada una de las actuaciones previstas en el Decreto 78/2024 se les reconozca tal condición. En el caso de empresas, tan solo podrán ser beneficiarias, aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser micro, pequeñas y medianas empresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología Leader y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 500.000 euros que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/FR23771900/20230313, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Se podrá subvencionar hasta el 60 % de la inversión auxiliable y con el límite máximo de 100.000 € por proyecto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será de tres meses contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 13 de noviembre de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ